Muchas veces las personas prestan dinero con la mejor de las intenciones a un amigo, un familiar o un conocido que está en apuros y en medio de la nobleza no hacen firmar una letra de cambio o un pagaré. Como no siempre la nobleza y la honradez son mutuas, el deudor puede no pagar y desconocer la deuda. En este artículo de MisAbogados.com.co te enseñaremos cómo cobrar una deuda sin documentos de prueba.
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Teóricamente, sobre cómo cobrar una deuda sin documentos, estaríamos en presencia de una obligación natural, en donde la obligación no es exigible, pero contemplando estas situaciones el legislador decidió crear en el Código General del Proceso una figura llamada: proceso monitorio.
El artículo 419 del Código general del proceso dice que: Quien pretenda el pago de una obligación en dinero, de naturaleza contractual, determinada y exigible que sea de mínima cuantía, podrá promover proceso monitorio.
Al ser de mínima cuantía no requiere de abogado y solo tiene un requisito formal inamovible y es que se tenga un domicilio del demandado para poder notificarle el auto admisorio de la demanda y este pueda ejercer el derecho de defensa, por lo demás los requisitos de la demanda son:
El demandante deberá aportar con la demanda los documentos de la obligación contractual adeudada que se encuentren en su poder. Cuando no los tenga, deberá señalar dónde están o manifestar bajo juramento que se entiende prestado con la presentación de la demanda, que no existen soportes documentales.
Si el juez acepta la demanda correrá traslado al demandado por el término de 10 días, en los cuales este podrá adoptar las siguientes posturas:
Es indispensable presentar la demanda ante el juez de pequeñas causas laborales, si existe en el domicilio del demandado o en el lugar del contrato, o sino ante el juez civil municipal.
No. La Justicia en Colombia es gratuita. Además no requiere abogado, aunque es facultativo de la persona si acude a uno o no. También puedes optar por acudir a la defensoría del pueblo o los consultorios jurídicos de las universidades si deseas apoyo y asesoría.
Si la deuda es de menor o mayor cuantía debes acudir a otro proceso: el declarativo, donde se buscará probar la existencia de la deuda con documentos y soportes diferentes para poder darle un mérito ejecutivo.
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