¿Cuáles son los bienes inembargables?

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Las deudas están a la orden del día y muchos colombianos se ven en la obligación de adquirirlas con mucha frecuencia dada la difícil situación económica. Pero los acreedores de dichas deudas, como los bancos, terceras personas e incluso el gobierno mismo, se ven en la necesidad de emplear figuras jurídicas como el embargo para garantizar el pago de sus acreencias. Sin embargo, existen una serie de bienes que no pueden ser embargados y que conocerás a través de este artículo.

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¿Qué es un embargo?

Es una figura jurídica que se emplea para asegurar el pago de deudas. Consiste en suspender el derecho que tiene el propietario del inmueble embargado, de disponer del mismo, es decir, no puede venderlo, donarlo o transferirlo de ningún modo. Sin embargo, la ley ha dispuesto que existen una serie de bienes que no pueden ser embargados, es decir, son inembargables.

¿Cuáles son los bienes inembargables?

  1. Todos los bienes, rentas y recursos que se encuentren dentro del Presupuesto Nacional.
  2. Los depósitos de ahorro que sean constituidos en los diferentes establecimientos de crédito, excepto cuando se trate de proceso de alimentos.
  3. Todos los bienes que sean de uso público o destinados al servicio público.
  4. Los recursos municipales, salvo algunas excepciones .
  5. Sumas anticipadas pagadas para la construcción de obras públicas.
  6. Los salarios y prestaciones sociales de los trabajadores, excediendo los porcentajes legales contemplados. No es embargable el salario mínimo legal mensual vigente.
  7. Las condecoraciones y pergaminos recibidos por actos meritorios
  8. Los uniformes o equipos de los militares
  9. Los terrenos o lugares que sean empleado como cementerios.
  10. Bienes que sean destinados al culto religioso
  11. Los elementos indispensables para la comunicación personal como: el televisor, el radio, computador personal.
  12. Los utensilios de cocina como la nevera y otros.
  13. Los muebles necesarios para la subsistencia de los afectados con el embargo.
  14. El combustible
  15. Los alimentos
  16. Los derechos personalísimos e intransferibles como la vida, la libertad, etc
  17. Los derechos de uso y habitación que se tengan sobre un inmueble.

¿Qué otras figuras jurídicas pueden hacer que un inmueble sea inembargable?

Es importante que sepas que existen ciertas figuras jurídicas conocidas como constitución de patrimonio de familia y afectación a vivienda familiar que pueden aplicarse a inmuebles que cumplan con una serie de características, para hacer que estos sean inembargables.
Para el caso de la constitución de patrimonio de familia, el valor del inmueble no puede superar los 250 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
En el caso de la afectación a vivienda familiar, no importa el valor del inmueble. Sin embargo aunque es inembargable, puede ser sujeto de embargo por parte del banco que haya realizado un crédito hipotecario para adquirir dicho inmueble.

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Palabras clave: Derecho Civil, Insolvencia y deudas

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