Diferencias entre proceso declarativo y ejecutivo

pexels-karolina-grabowska-7876093

En Colombia, todas las personas tenemos el derecho fundamental a acceder a la justicia con el fin de resolver los conflictos o situaciones que afectan nuestros intereses y demás derechos, de forma justa y equitativa ante la ley y sin ningún tipo de discriminación. Por esta razón, es muy importante saber cómo proceder ante la justicia, qué tipo de procesos judiciales existen y qué requisitos se deben cumplir, con el fin de que nuestra demanda prospere. 

¿Necesitas asesoría legal? En MisAbogados.com.co podemos ayudarte, déjanos tus datos en nuestro formulario de contacto y te conectaremos con un abogado especialista que pueda asesorar tu caso. 


También podría interesarte: ¿Qué hacer frente a una demanda?


¿Qué es un proceso declarativo?

Imagina que tienes una disputa con tu inquilino por la falta de pago del canon, sin embargo el acuerdo sobre el arrendamiento fue verbal y no existe contrato escrito. Para resolver esta situación, tendrías que iniciar un proceso  declarativo. En este tipo de procesos, se busca que el juez determine cuál es el derecho y las obligaciones de cada parte y, en base a eso, tomar una decisión.

El proceso declarativo es el que se adelanta de manera general cuando la ley no asigna un trámite especial y se rige por el artículo 368 y siguientes del Código General del Proceso. 

¿Qué es un proceso ejecutivo?

Ahora imagina que le prestaste dinero a un amigo y como garantía te firmó un pagaré con su respectiva carta de instrucciones. Si tu amigo no te paga, puedes iniciar un proceso ejecutivo. En este caso, ya existe un documento que prueba la existencia de la deuda, permitiéndole al demandante perseguir el pago directo de lo adeudado.

En este proceso no se entra a discutir sobre la existencia del derecho o la obligación, lo que se busca es que el juez ordene al deudor realizar el pago, imponiendo medidas como el embargo y el secuestro de bienes.

Ahora bien, para que la demanda sea admitida dentro de un proceso ejecutivo, el documento que se presente como prueba de la obligación debe cumplir con ciertos requisitos, como: 

  • Provenir del deudor o de una autoridad competente. Por ejemplo: un título valor (pagaré, cheque, letra de cambio), un contrato, un acuerdo de conciliación, una sentencia favorable en un proceso declarativo.
  • Prestar mérito ejecutivo. Es decir, que las obligaciones contenidas en el documento sean claras, expresas y exigibles. 

Finalmente, el proceso ejecutivo se rige por el artículo 422 y siguientes del Código General del Proceso. 

¿Cuáles son las principales diferencias entre el proceso ordinario y el proceso ejecutivo?

  • Objetivo: Mientras que el proceso declarativo busca que un juez declare la existencia de un derecho u obligación, en el proceso ejecutivo se busca obligar al deudor al pago de una obligación ya existente. 
  • Prueba: en el declarativo el demandante deberá aportar todas las pruebas necesarias para demostrar la existencia de la obligación. En el ejecutivo deberá aportarse el título ejecutivo o el documento que presta mérito ejecutivo. 
  • Duración: el proceso declarativo suele ser mucho más largo que el ejecutivo.
  • Fase inicial: el proceso declarativo se inicia con la presentación de una demanda  y en muchos casos, incluso se exige haber agotado el mecanismo de la conciliación antes de acudir a instancias judiciales. Por otro lado, el proceso ejecutivo se inicia con un mandamiento de pago. 

Recuerda que el presente artículo contiene temas de carácter general y no constituye asesoría legal. Si requieres mayor orientación para resolver una situación jurídica de tipo procesal y necesitas un abogado experto en el asunto, aquí podemos conectarte con profesionales del derecho confiables, con gran experiencia y bajo tarifas justas. Contáctanos a través de nuestro formulario virtual.  

Palabras clave: Derecho y asesoría legal, Derecho Procesal

¿Necesitas ayuda legal?

Cuéntanos lo que necesitas y un abogado te recomendará lo mejor para ti.

Comienza aquí