Con el fin de esclarecer un poco lo relativo a las entidades sin ánimo de lucro, en este artículo te comentaremos los aspectos más importantes sobre esta materia.
¿Qué es una entidad sin ánimo de lucro?
Es un organismo cuya finalidad no es conseguir algún tipo de beneficio económico y que por lo general tiene como actividades principales las sociales, altruistas o de ayuda al otro, humanitarias, artísticas y comunitarias.
¿Cómo se financian las entidades sin ánimo de lucro?
Por lo general son financiadas gracias a ayudas y donaciones de personas benefactoras qué pueden ser físicas así como empresas, instituciones y organizaciones de todo tipo dentro de las cuales pueden estar las estatales, aunque no suelen ser gubernamentales.
¿Qué promueven las organizaciones sin ánimo de lucro?
Lo normal es que este tipo de organizaciones promuevan el progreso, desarrollo o bien común de la sociedad. Tienen un enfoque en ciertos colectivos o personas con necesidades especiales que por lo general resulta ser población vulnerable. Las personas involucradas en estas actividades suelen ser niños, ancianos, grupos delincuenciales o problemáticos, la juventud sin acceso al trabajo y/o la orientación dirigida a cubrir otros aspectos que puedan llegar a tener efecto positivos.
¿En qué causas pueden influir?
En las ecológicas, medio ambientales, animalistas, preservación de especies en vía de extinción, adelantos científicos, mejoramiento de la educación y cultura, agrémiales, tecnológicas, investigativas, agropecuarias, juveniles, de profesionales, democráticas, de participación, sociales y cívicas.
¿Cuáles son las clases de personas jurídicas sin ánimo de lucro?
- Fundaciones
- Corporaciones o Asociaciones
- Entidades de Naturaleza Cooperativa
- Iglesias y confesiones religiosas
- Fondos de Empleados
- Sindicatos
- Partidos o movimientos políticos
- Cámaras de Comercio
- Propiedades Horizontales
- Cajas de Compensación Familiar
- Juntas de Acción Comunal
- Asociaciones de Pensionados
¿Cómo puedo conformar una entidad sin ánimo de lucro?
Puede ser por dos medios:
- Por Escritura Pública: Elaborado y protocolizado en notaria con las exigencias de la ley.
- Por Documento Privado: Escrito que se puede elaborar por cualquier asociado observando las exigencias particulares por la ley por lo que sería provechosa en este momento la asesoría de un abogado que sin duda te dará más información.
Posterior a ello se hace un acta de constitución en la cual plasmes fecha y lugar de la reunión, nombre, identificación y domicilio de los fundadores, voluntad de constituir la entidad, constancia de aprobación de estatutos, nombramiento de los órganos directivos, firma o constancia del presidente y secretario, firma de todos los fundadores o asociados.
Debes crear los estatutos, que es la columna normativa de la organización, órganos de dirección que buscan el crecimiento y buen manejo administrativo, determinar el consejo de fundadores así como la asamblea general de asociados, delegar la representación legal, determinar las asambleas ordinarias y extraordinarias, así como otras reuniones.
Debes hacer el registro ante la Cámara de Comercio como entidad sin ánimo de lucro si es el caso, pues no todas se registran.
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