Este tema causa gran interés en especial de algunos conductores quienes tienen percepción de que las pequeñas faltas de transito no tienen algún tipo de contravención o consecuencia, concepción que puede ser errónea ocasionándole muchos problemas a un futuro como lo puede ser una cuantiosa sanción. Este artículo te ayudará no solo a despegar muchas dudas sino a aclararte sobre algunas particularidades para saber si estas cometiendo algún tipo de falta, aunque si consideras que eres sujeto de una situación particular o deseas profundizar en este tema, te invitamos a que nos contactes a través de nuestro formulario, y un abogado de MisAbogados.com.co te guiará en tu caso.
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Una falta leve es una infracción a la reglamentación de tránsito, es una mínima falta o menor y se sanciona con una amonestación o multa por el poco grado de repercusión en el uso normal y adecuado de la locomoción por las vías del territorio nacional, así como en la seguridad y riesgo de la persona, del ciclista o el automovilista. Hay que tener en cuenta en caso de fuga lo normal es que se aumente la sanción.
Es la sanción que consiste en la asistencia a cursos obligatorios de educación vial, en donde, de no ser cumplidos se procederá a la sanción por medio de multas equivalentes a cinco (5) SMMLV.
Principal o accesoria con relación a la infracción y al sujeto, independiente de otras regulaciones, prohibiciones y restricciones de emisiones contaminantes y de la generación de ruido por fuentes móviles.
Están dentro de estás y se sancionarán liquidadas en salarios mínimos las siguientes conductas:
Amonestados serán por lo general: Los peatones o ciclistas que no cumplan con las disposiciones del código de tránsito en la circulación por las vías del país. Es importante anotar que hay la posibilidad de que multas sean sustituidas por cursos cuando la falta se considera de baja peligrosidad o riesgo y no hay reincidencia.
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