¿Qué bienes se pueden ceder?

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En el presente artículo encontrarás la explicación de la cesión de bienes en Colombia, las reglas que se deben seguir y los conceptos más breves pero importantes acerca de este tema.

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Como primer parte definiremos la cesión de bienes como el abandono voluntario que hace una persona de los derechos o de los bienes que posee a otra a título  gratuito u oneroso, es decir, que implica un valor.


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¿En qué consiste la cesión de bienes?

Es un acto a través del cual el deudor que no tiene como pagar, cede sus bienes al acreedor para que la obligación sea pagada con estos, como todo acto jurídico. Por lo tanto habrá cesión siempre que una persona transmite a otro un derecho de cualquier índole, real, personal o de otro tipo.

¿Cuáles son los efectos de la cesión de bienes?

La cesión de bienes los siguientes efectos:

  1. Las deudas que sean saldadas con la cesión de bienes se extinguen.
  2. El principal efecto es que hay una extinción de las obligaciones pagadas con los bienes cedidos.
  3. Si los bienes cedidos no son suficientes para extinguir las deudas, el deudor en este caso, tiene que con los bienes que adquiera después, extinga la deuda completando lo que faltaba y no alcanzó anteriormente.

Cabe resaltar que con la cesión del deudor al acreedor para que la deuda sea pagada, no transfiere la propiedad de los bienes del deudor a los acreedor, es decir, a pesar de que se cedan los bienes estos siguen siendo propiedad del deudor. Lo que se da con la cesión de los bienes del deudor es únicamente la facultad de disponer de los bienes y frutos que este produce, la facultad de disponer de los bienes tiene un límite y este está en que está condicionada esta cesión  al momento en el cual se pague la deuda. Pero es de anotar que los bienes pueden ser vendidos para saldar los créditos de los acreedores.

¿Me puedo arrepentir de la cesión de los bienes siendo el deudor?

Al entenderse como embargados los bienes que se dan en cesión como tú como el deudor puedes arrepentirte de la cesión de los mismos y pueden recobrar los que existan pagando a tus acreedores.

¿Qué cosas se pueden ceder?

Se pueden ceder:

  1. El crédito de las personas
  2. Los derechos herenciales
  3. Los derechos litigiosos
  4. Comprende finanzas, privilegios e hipotecas

¿Qué bienes no se pueden ceder?

Las excepciones personales del cedente.

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Palabras clave: Herencias, Derecho y asesoría legal

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