Somos acreedores de una infinidad de derechos como el de la intimidad, pero nuestros derechos no son absolutos y la ley ha dispuesto que existen ocasiones en las que deben limitarse por diversas razones. El lugar en el que más tenemos derecho a la intimidad y la propiedad privada es nuestro hogar; derecho que puede ser limitado en algunas ocasiones bajo una figura jurídica conocida como el allanamiento.
El allanamiento de morada es el acceso a la fuerza con una orden judicial, ordenada por un fiscal, a un lugar en el que:
Luego de que se lleva acabo el procedimiento, se celebra una audiencia ante un Juez de control de garantías, en el que las personas encargadas de realizarlo deben describir todas y cada una de sus actuaciones y los resultados obtenidos, de esta forma todas las pruebas o elementos que hayan sido recolectados en el lugar tendrán o no validez y legalidad dentro del proceso.
Existen dos tipos de policía administrativa y judicial. La policía administrativa es aquella que realiza funciones entorno a mantener el orden público, mientras la policía judicial tiene facultades dirigidas únicamente a las investigaciones judiciales. Los allanamientos con la respectiva orden del fiscal se realiza por la policía judicial, aunque cuando las circunstancias los requieran la policía administrativa también puede realizarlos.
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