En el ámbito laboral, el auxilio de transporte se ha convertido en un componente fundamental de la remuneración de muchos trabajadores. Este beneficio, establecido por ley, busca compensar los gastos incurridos por los empleados para desplazarse desde su lugar de residencia hasta su sitio de trabajo y viceversa. En este blog te guiaremos a comprender qué es el auxilio de transporte en Colombia, quiénes tienen derecho a él y cómo se calcula.
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El auxilio de transporte es un pago mensual obligatorio que los empleadores deben realizar a ciertos trabajadores, con el fin de ayudarles a cubrir parte de los gastos de transporte asociados a su desplazamiento diario al trabajo.
Este beneficio no constituye salario, pues no implica un ingreso adicional para el trabajador, sino una reembolso por gastos relacionados con la actividad laboral.
En Colombia, tienen derecho al auxilio de transporte los trabajadores que reciban un salario igual o inferior a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes, salvo las siguientes excepciones:
Para definir si un trabajador tiene o no derecho a recibir el auxilio de transporte, solo podrá contabilizarse el salario producto de la jornada laboral ordinaria. Es decir que cuando el salario mensual supere los 2 SMLMV por la sumatoria de las horas extras, trabajo dominical o festivo, el trabajador tendrá derecho a recibir igualmente el auxilio de transporte.
El valor del auxilio de transporte se establece anualmente por el Gobierno Nacional junto con el salario mínimo legal mensual vigente, aunque no necesariamente en las mismas proporciones. Para el año 2024, el auxilio de transporte corresponde a la suma de $162.000 mensuales, un 15% superior a la del año anterior.
Pagar el auxilio de transporte sigue siendo obligación del empleador aún cuando al lugar de trabajo no llegue servicio de transporte público. Esto es así, dado que de todas maneras, el trabajador deberá incurrir en gastos para llegar al lugar de trabajo, así sea por medio de vehículo particular.
Una excepción para este caso sería que el empleador suministre directamente un vehículo para transportar a sus trabajadores, servicio que deberá ser completo (ida y vuelta) y puerta a puerta.
Dado que este auxilio es un reembolso para el trabajador por los gastos de transporte en los que incurre para el desarrollo de sus actividades laborales, cuando por cualquier razón, el trabajador no pueda asistir al trabajo, no corresponde el pago del auxilio de transporte, como por ejemplo por incapacidades, licencias o vacaciones.
Respecto a si se debe incluir o no el auxilio de transporte en la base salarial para la liquidación de las prestaciones sociales del trabajador, la ley y la jurisprudencia colombiana, han determinado que:
Recuerda que el presente artículo contiene temas de carácter general y no constituye asesoría legal. Si requieres mayor orientación para resolver una situación jurídica de tipo laboral y necesitas un abogado experto en el asunto, aquí podemos conectarte con profesionales del derecho confiables, con gran experiencia y bajo tarifas justas. Contáctanos a través de nuestro formulario virtual.