En ocasiones las personas que se encuentran al servicio de nosotros los ciudadanos, se toman atribuciones que no les corresponden y abusan de sus cargos para sacar provecho propio, por encima del interés general, que es el que debe primar. Razón por la cual ha sido necesario que muchas de estas conductas sean penalizadas, para así garantizar, por lo menos en parte, un orden justo dentro de la sociedad. Es aquí cuando entra el juego el delito de concusión que te explicaremos en este artículo de MisAbogados.com.co, aunque si tienes más dudas sobre el tema, no dudes en completar el formulario de nuestra página web para que un experto te asesore.
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¿Qué es la concusión?
El término se relaciona con la exacción que consiste en exigir de manera arbitraria, cualquier tipo de impuesto, multa o prestación.
¿Quién comete concusión?
Sólo aplica para aquellas personas que son funcionarios públicos o que prestan algún tipo de función pública.
¿Quién es un servidor público?
Aquella persona cuya función es brindar un servicio de utilidad social. Son generalmente aquellos que prestan sus servicios en entidades estatales, cuyas actividades no generan ganancias privadas.
¿En qué consiste el delito de concusión?
Es considerado un delito que atenta contra la administración pública.
El Código Penal Colombiano ha definido que se incurre en el delito de concusión cuando un servidor público abusa de su cargo o de sus funciones constriñendo a alguien para que dé o prometa dar dinero o cualquier otra utilidad al mismo servidor a un tercero.
También puede configurarse cuando el servidor público solicita que se realice un pago mayor al debido por la realización de sus funciones.
¿Qué penas existen para el delito de concusión?
- Prisión entre seis (6) y diez (10) años.
- Multa entre cincuenta (50) y cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes
- Inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas entre cinco (5) y ocho (8) años.
¿Para este delito puede ser reemplazada la pena de prisión por detención domiciliaria?
No. La ley (Ley 1474 de 2011) dispuso que la Concusión es uno de los delitos, que aunque cumple con las características, para reemplazar la detención preventiva en establecimiento carcelario por la detención domiciliaria; el servidor público que lo cometa no puede hacer uso de este beneficio.
¿Cuál es la diferencia con el peculado?
En la concusión el servidor público solicita sumas de dinero u otras utilidades, en el peculado se apropia de bienes del Estado o compañías.
¿Cuál es la diferencia con el cohecho?
Mientras en la concusión el servidor público solicita que se haga el pago del dinero o utilidad, en el cohecho es el soborno que se realiza al servidor público para que realice u omita determinada acción, sin que el servidor la haya exigido.
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