La muerte es el inevitable desenlace de cada uno de nosotros, puede presentarse en cualquier momento, de cualquier modo y en cualquier lugar. La vida es uno de los derechos fundamentales protegidos del que no puede disponerse arbitrariamente y se procura siempre por su preservación. Sin embargo, existen enfermedades que llevan a que una persona pierda cosas tan importantes como su autonomía y le impidan vivir dignamente y es cuando entramos a hablar del derecho a morir dignamente y la eutanasia.
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Es el derecho que tiene una persona a terminar con un sufrimiento físico prolongado.
En Colombia se encuentra tipificada la conducta de homicidio por piedad que castiga a quien mate a otro por piedad, “para ponerle fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave o incurable”.
No puede aplicarse la eutanasia, debe mantenerse con vida de manera artificial. Sin embargo, la familia del paciente y los médicos pueden suspender las ayudas artificiales para que la persona muera naturalmente.
Si, pueden aplicar una objeción de conciencia o negarse argumentando la violación de principios. En caso de que esto suceda deberán orientar al paciente y a su familia a un lugar donde si pueda realizarse el procedimiento.
Los Comités Científico-Interdisciplinarios para el derecho a morir dignamente de las Instituciones prestadoras de Salud. Aunque no todas lo tienen.
Importante: La persona que presenta la solicitud tiene derecho a desistir en cualquier momento de su deseo.
En caso de que tengas más preguntas sobre el derecho a morir dignamente, puedes comunicarte con nosotros a través de nuestro sitio web MisAbogados.com.co
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