Esta figura nace jurisprudencialmente por un fallo de la Corte Constitucional, y a pesar de ser reciente, tiene un alto impacto en la vida cotidiana, especialmente de las personas que buscan informarse en internet o publican noticias, artículos de opinión y otros escritos.
Es el derecho que tiene una persona a que se elimine/oculte información publicada en internet acerca de esta cuando no haya sido vencida en juicio, es decir, cualquier persona que se encuentre sindicada, o en espera de su juicio.
La Corte estableció que la importancia del derecho al olvido está fundamentada en el derecho al buen nombre que tienen las personas. Un caso en específico por el que se procedió al derecho al olvido, era de una mujer que figuraba en una noticia en el portal de El Tiempo como detenida por ser, presuntamente, parte de una red de trata de personas en la ciudad de Cali.
El hecho de figurar en la noticia de la pagina de El Tiempo, afectaba el trabajo y la vida personal de esta mujer, por lo que la corte ordenó que se tomarán medidas sobre la noticia, pues al no haber sido comprobada su culpabilidad por medio de un juicio, su buen nombre estaba viéndose comprometido sin un fundamento suficiente.
La Corte Constitucional no ordenó que se eliminará la noticia por considerar que esto seria una afrenta grave en contra de la libre expresión, pero si impartió mandatos acerca de la protección de los derechos fundamentales de la tutelante, por medio de una corrección en la noticia, una nota editorial o el ocultamiento de esta.
En este caso la orden debe cumplirla El Tiempo, sin embargo esta sentencia crea precedentes judiciales para futuras demandas de tutela, debido a que muchos otros medios de comunicación deberán seguir parámetros similares si no quieren llegar también a litigio.
Ahora bien, respecto a los motores de búsqueda como Google, que es por donde generalmente se busca información en internet, la Corte estableció que estos no tenían responsabilidad respecto de lo que se buscara o apareciera en la pagina debido a que los que publican las noticias tienen capacidad de bloquear el buscador. Por esto en el fallo se establece que el responsable de eliminar la URL del buscador es quien publica la información.
En la Unión Europea también existe este derecho; sin embargo, tiene un tratamiento diferente, pues los motores de búsqueda como Google, son responsables de prevenir que las URL que sean violatorios de los derechos de las personas aparezcan dentro de los resultados de búsqueda.
Si tienes más dudas acerca del derecho al olvido, visita Misabogados.com.co y te contactaremos con un abogado experto.