En Colombia, los trabajadores tienen derechos laborales ampliamente reconocidos en la ley y los cuales son protegidos con vehemencia por los jueces laborales. Uno de estos derechos es a no ser despedidos sin una justa causa, caso en el cual el empleador deberá pagar una indemnización a favor del trabajador. No obstante, existen circunstancias bajo las cuales se puede despedir a un trabajador, por considerarse que ha incurrido en una falta grave que amerita la terminación anticipada del contrato de trabajo. En estos casos, el empleador no deberá pagar ningún tipo de indemnización, pero solo podrá realizarse bajo las causas expresamente señaladas en la ley.
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El despido con justa causa es la terminación anticipada y unilateral de una relación laboral por parte del empleador debido a circunstancias graves provenientes del trabajador que afectan de manera significativa la relación laboral o el buen funcionamiento de la empresa.
La ley laboral, específicamente en el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo, contempla las justas causas por las cuales un empleador puede despedir a un trabajador y fuera de ellas, no podrá alegar ninguna diferente. En términos generales, estas causas son:
1. Engañar al empleador con certificados falsos para ingresar a la empresa o para obtener beneficios.
2. Incurrir en actos de violencia, maltratos o grave indisciplina durante las labores, ya sea contra el empleador o su familia, el personal directivo o los compañeros de trabajo.
3. Incurrir en actos de violencia, injuria o maltratos, fuera del horario laboral, en contra del empleador o su familia, representantes o socios, vigilantes o celadores.
4. Cuando el trabajador daña intencionalmente los edificios, maquinarias, materias primas, instrumentos y demás objetos relacionados con el trabajo.
5. Cuando el trabajador incurra en actos inmorales o delictuosos en el lugar de trabajo o en el desempeño de sus labores.
6. Cuando el trabajador no cumpla con las obligaciones especiales o viole las prohibiciones especiales que le impone la ley (arts. 58 y 60 del CST).
7. Cuando el trabajador es detenido preventivamente por la autoridad por más de 30 días, a menos que posteriormente sea absuelto; o el arresto correccional que exceda de 8 días, o aun por tiempo menor, cuando la causa de la sanción sea grave.
8. Cuando el trabajador revele los secretos técnicos o comerciales de la empresa o dé a conocer asuntos de carácter reservado.
9. El rendimiento deficiente del trabajador cuando no es corregido en un tiempo razonable.
10. La renuencia repetida y sistemática del trabajador a cumplir sus labores.
11. Todo vicio del trabajador que perturbe la disciplina en el lugar del trabajo.
12. La renuencia sistemática del trabajador a aceptar las medidas preventivas para la prevención de enfermedades.
13. La ineptitud del trabajador para realizar la labor encomendada.
14. El reconocimiento al trabajador de la pensión de la jubilación o invalidez estando al servicio de la empresa.
15. La enfermedad contagiosa o crónica del trabajador, que no tenga carácter de profesional, así como cualquiera otra enfermedad o lesión que lo incapacite por más de 180 días sin haber encontrado cura. El despido por esta causa solo puede efectuarse al vencimiento de dicho lapso y no exime al empleador de las prestaciones e indemnizaciones legales y convencionales derivadas de la enfermedad.
Es importante señalar que las causales 9 a la 15, requieren que el empleador de un aviso previo al trabajador de mínimo 15 días antes de la terminación de la relación laboral.
Si eres despedido con justa causa, generalmente no tienes derecho a recibir una indemnización. Sin embargo, es importante que tengas en cuenta que la empresa debe demostrar fehacientemente que se presentó la justa causa y que siguió el procedimiento establecido, como agotar la diligencia de descargos.
Así mismo, pese a que no existe el reconocimiento de una indemnización, el empleador si deberá realizar la liquidación del contrato de trabajo y el pago de los conceptos laborales pendientes, como salarios y prestaciones sociales adeudadas hasta el último día que dure la relación laboral.
Las altas cortes colombianas han emitido diversas sentencias precisando los requisitos para que un despido sea considerado con justa causa, estableciendo que la falta cometida por el trabajador debe ser grave, comprobada y tener relación directa con el desempeño de sus funciones.
Si crees que tu despido fue injustificado, tienes derecho a presentar una demanda ante un juez laboral. Es importante que cuentes con el asesoramiento de un abogado para que te ayude a defender tus derechos.
Recuerda que el presente artículo contiene temas de carácter general y no constituye asesoría legal. Si requieres mayor orientación para resolver una situación jurídica de tipo laboral y necesitas un abogado experto en el asunto, aquí podemos conectarte con profesionales del derecho confiables, con gran experiencia y bajo tarifas justas. Contáctanos a través de nuestro formulario virtual.