En el ámbito laboral, la licencia de maternidad se erige como un derecho fundamental tanto para la madre como para el recién nacido. Esta licencia permite a la mujer contar con un periodo de tiempo para prepararse para el parto o la llegada del bebé, cuidar su salud y la del bebé y establecer un vínculo afectivo durante los primeros meses. En este blog te guiaremos a través de un recorrido claro y sencillo para comprender qué es la licencia de maternidad y cuáles son sus beneficios.
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¿Qué es la licencia de maternidad?
La licencia de maternidad es un período de tiempo que se concede a la madre para preparar la llegada de un hijo y dedicarle el cuidado necesario durante los primeros meses de vida. La licencia es remunerada y también aplica para las mujeres que deciden adoptar.
La licencia de maternidad en Colombia por regla general consta de 18 semanas de las cuales, se podrán conceder 2 o mínimo 1 semana antes del parto y las siguientes con posterioridad al nacimiento, de acuerdo al criterio médico. Si se trata de adopción, las 18 semanas empezarán a contarse a partir del día oficial de la entrega del menor a la madre adoptante.
¿Qué pasa si la madre no alcanza a disfrutar de la semana obligatoria previa al parto?
Cuando la madre no alcance a disfrutar de la semana obligatoria de licencia previa al parto, porque este se adelanta, las 18 semanas deberán contarse a partir del nacimiento del hijo, siempre que el embarazo hubiese llegado a término. Pero, si el bebé nace de manera prematura (antes de las 37 semanas), se deberá tener en cuenta la diferencia entre la edad gestacional y la fecha probable para el nacimiento a término, las cuáles serán sumadas a las 18 semanas que establece la Ley.
¿Qué pasa si se trata de embarazo múltiple?
En caso de embarazo múltiple, a la licencia ordinaria de 18 semanas, deberá sumarse dos semanas más, para un total de 20.
¿Qué pasa cuando el hijo fallece?
En caso de que el embarazo resulte en aborto o parto no viable, la trabajadora tendrá derecho a disfrutar una licencia de maternidad por un periodo de 2 a 4 semanas, de acuerdo a indicaciones médicas. Por otro lado, si el bebé nace vivo, pero muere después del parto, la madre tendrá derecho a que se le conceda la licencia completa por 18 semanas.
¿Cómo se accede a la licencia de maternidad?
Para acceder a la licencia de maternidad se deben cumplir los siguientes requisitos:
Si la madre se encuentra vinculada por medio de contrato laboral:
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Deberá presentar a su empleador: Certificado médico donde consteel estado del embarazo con la indicación del día probable del parto y la fecha a partir de la cual se deberá tomar la licencia, siendo el mínimo obligatorio, 1 semana antes de la fecha probable de parto. En caso de adopción, se deberán presentar los documentos que prueben dicho trámite con la fecha oficial de la entrega del menor.
- El empleador deberá continuar pagando el salario a la trabajadora y tramitar el reintegro de la licencia directamente con la EPS, para lo cual deberá presentar el certificado de nacido vivo o registro civil de nacimiento del hijo de su trabajadora.
Si la madre es trabajadora independiente:
- La madre deberá encontrarse cotizando al sistema de salud como trabajadora independiente.
- Deberá presentar a la EPS: Solicitud del reconocimiento y pago de la licencia junto con el certificado de nacido vivo o registro civil de nacimiento del hijo.
- Deberá informar al contratante en caso de vinculación mediante contrato de prestación de servicios, para efectos de que se suspenda el contrato durante el tiempo que disfrute de su licencia. Posterior a esto, el contrato deberá ser reanudado.
¿Quién debe pagar mi licencia de maternidad?
La licencia de maternidad es asumida directamente por la EPS a la que la madre se encuentre afiliada, para lo cual deberá encontrarse al día en el pago de las cotizaciones al sistema de seguridad social en salud.
Cuando el empleador de una trabajadora dependiente, no ha realizado las cotizaciones al sistema de seguridad social y siempre que la EPS haya notificado la mora, el empleador deberá asumir directamente la licencia.
El pago de la licencia se realizará con base al último salario percibido por la madre o en caso de trabajadoras independientes, se realizará sobre una base del 40% de los honorarios, sin que pueda ser inferior al salario mínimo legal.
¿A dónde acudir en caso de conflictos respecto a la licencia?
¿Qué otros aspectos deben tenerse en cuenta?
- Ninguna mujer puede ser despedida o su contrato de prestación de servicios terminado anticipadamente por motivo de embarazo o lactancia. En estos casos y siempre que exista una justa causa, el empleador deberá solicitar autorización al Ministerio del Trabajo.
- Después de la licencia de maternidad y hasta que el bebé cumpla los 6 meses de edad, el empleador deberá concederle a la trabajadora dos descansos diarios de 30 minutos cada uno, para fines de lactancia. No se podrán realizar descuentos al salario por este concepto.
- Los padres también tendrán derecho a recibir una licencia remunerada de paternidad de 2 semanas, para lo cual deberá presentar el registro civil de nacimiento del hijo a más tardar dentro de los 30 días siguientes a su nacimiento.
Recuerda que el presente artículo contiene temas de carácter general y no constituye asesoría legal. Si requieres mayor orientación para resolver una situación jurídica de tipo laboral o de seguridad social y necesitas un abogado experto en el asunto, aquí podemos conectarte con profesionales del derecho confiables, con gran experiencia y bajo tarifas justas. Contáctanos a través de nuestro formulario virtual.