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¿Qué son los derechos adquiridos?

Escrito por MisAbogados.com.co | 12-oct-2016 7:35:04

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¿Qué son los derechos adquiridos?

En Colombia, por derecho adquirido se entiende tanto en la teoría y las sentencias judiciales como aquél derecho que ha entrado en el patrimonio de una persona natural o jurídica y qué hace parte de él, y que por lo mismo no se le puede quitar o vulnerar por quién lo creo o reconoció de manera genuina. Es por tanto la ventaja o el beneficio cuya conservación o integridad está garantizada en favor del titular del derecho por una acción o por una excepción.

¿Qué situaciones se tienen en cuenta en los derechos adquiridos?

Son aquellas situaciones individuales y subjetivas que se ha creado y definido bajo el imperio de la ley y que se han creado en favor de sus titulares un cierto derecho que debe ser respetado. Son las jurídicas consolidadas y no a las que configuran solamente puras expectativas.

¿Si adquirí un derecho bajo una normativa con una nueva se puede desconocer?

No, en el sentido del principio de favorabilidad ninguna norma nueva o derogación surte efectos hacia el futuro en donde las situaciones configuradas y perfeccionadas bajo una legislación no pueden sufrir menos cabo o deterioro, por lo que los derechos que ya se habían radicado en cabeza de una persona no quedan afectados por la nueva normatividad, solamente se aplicarán a las situaciones jurídicas que tengan lugar a partir de su vigencia.

¿En qué se diferencian los derechos adquiridos de las meras expectativas?

En que los derechos adquiridos son afirmaciones intangibles y se han visto en la necesidad de ser protegidos legalmente con la condición de que una nueva ley no los puede lesionar o desconocer, mientras qué, las meras o simples expectativas como su nombre lo indica son apenas aquellas probabilidades o esperanzas  que se tienen de obtener algún día el derecho y pueden ser susceptibles de ser modificadas por el legislador.

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