Régimen contributivo y régimen subsidiado

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La salud es un tema de gran importancia, pues todas las personas queremos estar seguros de que en caso de necesitarlo, podremos acceder a un servicio médico bueno, rápido y completo. La salud en Colombia constituye tanto un derecho fundamental, como un servicio público que debe ser garantizado por el Estado. Es por esto que en el presente artículo abordaremos los dos regímenes previstos en la ley para que los colombianos podamos acceder al Sistema de Salud.

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¿Qué son los regímenes de salud?

Los regímenes contributivo y subsidiado hacen referencia a la forma que tienen las personas en Colombia para afiliarse al sistema de salud, obteniendo cobertura de un paquete de servicios básicos en materia de recuperación de la salud, prevención de enfermedades y ciertas prestaciones económicas de carácter transitorio como incapacidades por enfermedades o accidentes y licencias de maternidad.

Este paquete se denomina Plan Obligatorio de Salud (POS) e incluye una variedad de medicamentos, procedimientos, y servicios previamente establecidos en la normatividad, tales como atención de urgencias en cualquier IPS pública o privada del país, consulta médica general y odontológica, servicios de laboratorio clínico, procedimientos quirúrgicos, oftalmología, medicina interna, suministro de medicamentos, servicios ambulatorios y hospitalización, entre otros. 

¿Qué es el Régimen Contributivo?

El régimen contributivo es aquel al que se deben afiliar las personas con capacidad de pago, es decir, aquellas que perciban ingresos mensuales superiores a un salario mínimo legal vigente, ya sea que se trate de trabajadores dependientes, independientes, rentistas de capital o pensionados

Bajo este régimen, la persona se afilia al sistema junto con su grupo familiar en la Entidad Promotora de Salud (EPS) de su elección, realizando el pago de una cotización mensual. Este pago se hará conjuntamente entre el empleador y el trabajador, si se trata de trabajadores dependientes. Para el caso de los independientes, pensionados o rentistas de capital, deberán cubrirlo totalmente por su cuenta. 

Adicional a lo anterior, el régimen contributivo tiene las siguientes características:

  • Si se trata de trabajadores dependientes, el empleador es quien debe realizar la afiliación del trabajador y su grupo familiar. Para los independientes, la afiliación deberá realizarse por su cuenta.  
  • Acceder a un servicio de salud puntual implica el pago adicional de una cuota moderadora o copago, la cual se determina de acuerdo al ingreso sobre el cual cotice la persona. Esta cuota permite financiar una parte del servicio prestado. 
  • El aporte mensual al Sistema de Salud equivale al 12,5% del Ingreso Base de Cotización (IBC), el cual hace referencia al salario mensual que recibe un trabajador dependiente o a los ingresos mensuales que recibe el independiente. 
  • El IBC no puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente.
  • En el caso de los trabajadores dependientes, del 12,5% que equivale el aporte mensual, el 8.5% estará a cargo del empleador y el 4% corre por cuenta del empleado. 
  • Únicamente para el caso de los pensionados, el aporte al sistema de salud equivaldrá al 4% si la pensión es de 1 SMMLV, al 10% si la pensión oscila entre 1 y 3 SMMLV o del, 12% si la pensión es superior a los 3 SMMLV. 

¿Qué es el Régimen Subsidiado?

Por su parte, el régimen subsidiado es aquel al que se deben afiliar las personas que no cuentan con capacidad de pago por encontrarse en situación de pobreza o pobreza extrema. Los afiliados a este régimen podrán acceder al sistema de salud a través de un subsidio que brinda el Estado y que puede ser parcial o total.

También hacen parte de este régimen las poblaciones especiales con atención prioritaria como: personas en situación de desplazamiento, población infantil a cargo del ICBF, menores desvinculados del conflicto armado, comunidades indígenas, entre otros.

Adicional a lo anterior, el régimen subsidiado tiene las siguientes características:

  • El acceso al régimen implica la aplicación de la encuesta Sisbén y encontrarse dentro de la clasificación de nivel 1 o 2. El Sisbén permite clasificar a la población de acuerdo con sus condiciones de vida e ingresos y se utiliza para asignar los recursos de inversión social a quienes más lo necesitan.
  • La persona podrá escoger libremente cualquiera de las EPS del régimen subsidiado que estén autorizada para operar en su municipio.
  • La persona podrá afiliar a su núcleo familiar. 
  • Si bien, las personas del régimen subsidiado tienen derecho a recibir el cubrimiento en los medicamentos, procedimientos y servicios incluidos en el POS, no tendrán derecho a las prestaciones económicas previstas por incapacidades provenientes de enfermedad o accidente, ni por licencias de maternidad/paternidad. 

Recuerda que el presente artículo contiene temas de carácter general y no constituye asesoría legal. Si requieres mayor orientación para resolver una situación jurídica en materia de seguridad social y necesitas un abogado experto en el asunto, aquí podemos conectarte con profesionales del derecho confiables, con gran experiencia y bajo tarifas justas. Contáctanos a través de nuestro formulario virtual.  

Palabras clave: Derecho y asesoría legal, seguridad social

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