El matrimonio es una decisión muy importante y trascendental en la vida de las personas, que tiene implicaciones sociales, económicas pero también legales. Es por eso que, si estás pensando en contraer matrimonio en Colombia, en el siguiente artículo te explicaremos qué requisitos debes cumplir y qué trámites realizar para que este tenga plenos efectos jurídicos.
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En Colombia se puede efectuar el matrimonio válidamente entre dos personas mayores de edad, que no estén incursas en alguna causal de nulidad, por lo civil o por medio del rito católico, este último de acuerdo con las normas del derecho canónico. No obstante, en este artículo nos centraremos en el matrimonio civil, el cual se realiza ante Notaría y por medio de escritura pública.
Es importante, antes de solicitar el trámite, tener en cuenta que en Colombia será impedimento para celebrar el matrimonio cuando:
Para efectos del trámite del matrimonio civil ante Notaría, se deberán presentar los siguientes documentos:
El matrimonio civil también podrá efectuarse ante un juez civil. No obstante, posterior al fallo que declare el matrimonio, este deberá presentarse ante notaría para su correspondiente registro y protocolización del acto, por lo que hacerlo en notaría suele ser más rápido y práctico.
Además de los requisitos descritos anteriormente, se deberá acreditar que el contrayente que haya estado casado con anterioridad, ya haya surtido el proceso de cesación de efectos civiles para matrimonios católicos o el divorcio para matrimonios civiles, por lo que deberá aportar copia auténtica del registro civil del matrimonio anterior en donde aparezcan las notas marginales que indiquen la terminación del vinculo.
Es importante tener en cuenta que la falta de este requisito puede causar la nulidad absoluta del matrimonio, ya que en Colombia una persona no puede tener más de un vinculo matrimonial vigente a la vez. En estos casos, se entenderá que el contrayente que esté en esta situación, continua casado con su cónyuge anterior.
En Colombia, las persona pueden contraer matrimonio a partir de los 14 años de edad cumplidos, siempre que cuenten con autorización expresa y escrita por parte de los padres o representantes legales o en su defecto, por el tutor del menor.
Una vez, cumplidos los 18 años de edad, las personas podrán contraer matrimonio libremente, sin este requisito.
Además de los requisitos generales, los contrayentes deberán aportar el registro civil de nacimiento de los hijo(s) de forma que puedan ser legitimados por el matrimonio de sus padres.
En estos casos, los contrayentes deberán presentar los registros civiles de nacimiento de los hijos menores y además, presentar el inventario solemne de bienes. Esto se hace con el fin de proteger el patrimonio de los menores.
Si los contrayentes van a contribuir matrimonio en Colombia, es necesario que el (la) extranjero(a) presente, junto con la solicitud, la siguiente documentación:
Recuerda que el presente artículo contiene temas de carácter general y no constituye asesoría legal. Si requieres mayor orientación para resolver una situación jurídica en materia de derecho de familia y necesitas un abogado experto en el asunto, aquí podemos conectarte con profesionales del derecho confiables, con gran experiencia y bajo tarifas justas. Contáctanos a través de nuestro formulario virtual.