Los adultos, específicamente el conductor del vehículo, son quienes deben velar por la seguridad de los niños que transporta. Diferentes son las situaciones que pueden distraerte mientras conduces: juegos, gritos, peleas, y muchas otras cosas, es por eso que resulta necesario prever todas estas situaciones y tomar los correctivos necesarios para transportar a tus hijos o niños, si es el caso.
A continuación, te daremos algunos consejos prácticos y explicaremos cómo personas naturales y empresas dedicadas al transporte escolar deben trasladar a los niños.
Los niños hasta los 2 años deben viajar en la parte trasera del vehículo y en su propia silla de retención o en brazos de alguno de los padres, de esta manera en un frenazo o golpe no se lastimará el cuello.
Podríamos decir que de 3 a 5 años, es recomendable utilizar asientos diseñados especialmente para ellos. Conocidos como asientos para bebés o SRI (Sistema de Retención Infantil), estos son dispositivos diseñados con el fin de sujetar a los niños al vehículo de una forma segura y eficiente, previendo lesiones en caso de un accidente de tránsito.
Según el artículo 1295 del 2009, desde los 6 años, no es necesario utilizar silla especial pero sí es obligatorio el uso del cinturón de seguridad. Por ello, también se recomienda enseñar a los niños a usarlo y ponérselo por iniciativa propia.
El decreto 348 del 2015 reajustó la habilitación y funcionamiento de las empresas vinculadas a esta modalidad de transporte y fijó mayores exigencias y controles para los servicios escolares y turísticos, y para el transporte de los usuarios del sistema de salud.
Acorde a la norma, es obligatorio que los vehículos tengan dos puertas, que solo el conductor o el acompañante pueden abrir, y un dispositivo que confirme cuando la puerta está completamente cerrada. Las salidas de emergencia tendrán que ser operables desde el interior y exterior del vehículo.
Todos los asientos deberán tener cinturón de seguridad y protegidos por el respaldo de una silla que permita sujetarse y amortiguar el frenado del vehículo. Las aberturas de las ventanas tienen que impedir que los niños o adolescentes saquen los brazos.
Finalmente, el decreto impone una vida útil para los vehículos dedicados a este tipo de actividad: 20 años para el servicio empresarial y turístico y 15 años para el escolar. Así, se evita que sigan operando automotores con 30 o 40 años de uso, debido a que, por su edad, presentan problemas mecánicos.
Así mismo, los vehículos que presten servicio escolar deberán tener recorridos y paradas específicas conforme al contrato.
Finalmente, tendrán que cumplir requisitos técnicos y recomendaciones especiales como letreros colocados en la parte delantera, trasera y en los laterales que diga ‘Escolar”.
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