Las vacaciones laborales hacen parte de las garantías de todo trabajador vinculado mediante un contrato de trabajo y corresponde a un periodo de descanso remunerado de 15 días por cada año de trabajo. En Colombia, la ley laboral establece una serie de normas que regulan el disfrute de este periodo de descanso. En este artículo te explicaremos todo lo que necesitas saber sobre tus vacaciones.
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¿Qué son las vacaciones laborales?
Las vacaciones laborales son un periodo de descanso remunerado al que tienen derecho todos los trabajadores, tanto del sector privado como del público, sin excepción. Este derecho está consagrado en el Código Sustantivo del Trabajo, artículo 186 y siguientes.
¿A cuántos días de vacaciones tiene derecho un trabajador?
En términos generales, los trabajadores tienen derecho a 15 días hábiles continuos de vacaciones por cada año de servicio. Sin embargo, si la modalidad de trabajo es por días, las vacaciones serán proporcionales a los días trabajados.
¿Cómo se establece el periodo de vacaciones?
Al cumplir el año de trabajo, el trabajador puede acordar con su empleador la época en la cual serán concedidas las vacaciones, garantizando su descanso efectivo, pero también las necesidades de la empresa.
En todo caso, a falta de solicitud del trabajador, el empleador deberá programar la época de las vacaciones e informarle al trabajador con mínimo 15 días de anticipación.
¿Qué sucede si se interrumpen las vacaciones laborales?
Si el trabajador que se encuentra en vacaciones debe interrumpirlas por una causa justificada, tendrá derecho a reanudarlas una vez se supere la situación que llevó a su interrupción.
¿Un trabajador puede solicitar que sus vacaciones sean compensadas en dinero?
Solo cuando el trabajador lo solicite, se podrá compensar en dinero hasta la mitad de las vacaciones. No obstante, el trabajador deberá disfrutar los días de descanso remunerado restantes.
Por otro lado, cuando finalice la relación laboral sin que el trabajador haya disfrutado las vacaciones, en la liquidación laboral deberá incluirse este concepto y el empleador deberá pagarlas en proporción al tiempo laborado.
En cualquiera de los casos, las vacaciones deberán compensarse de acuerdo al último salario recibido por el trabajador, sin incluir recargos por trabajo en día de descanso obligatorio o por horas extra. Si el trabajador percibía salario variable, se liquidarán las vacaciones de acuerdo al salario promedio percibido durante el año inmediatamente anterior.
¿Un trabajador puede acumular sus vacaciones?
El trabajador está obligado por ley a tomar al menos 6 días hábiles continuos de vacaciones por año. El resto de días podrá acumularlos hasta por 2 años con el fin de disfrutarlos conjuntamente. Cuando se trate se trabajadores técnicos, especializados, de confianza, de manejo o extranjeros que presten servicios en lugares distintos a los de la residencia familiar, podrán acumular sus vacaciones hasta por 4 años.
En este punto, es muy importante advertir que el derecho a disfrutar las vacaciones prescribe a los 3 años desde el día en que se causaron. Por esta razón, una vez cumplido este término sin que el trabajador solicite el reconocimiento de sus vacaciones, perderá el derecho a exigirlas.
Recuerda que el presente artículo contiene temas de carácter general y no constituye asesoría legal. Si requieres mayor orientación para resolver una situación jurídica de tipo laboral y necesitas un abogado experto en el asunto, aquí podemos conectarte con profesionales del derecho confiables, con gran experiencia y bajo tarifas justas. Contáctanos a través de nuestro formulario virtual.