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El contrato de arrendamiento puedes hacerlo de forma oral o escrita, pero tienes que tener en cuenta que existen unos requisitos de contenido mínimos:
Si, el canon puede subir cada año de ejecución, pero el incremento nunca puede ser igual o sobrepasar el 100% del incremento que haya presentado el IPC durante ese mismo periodo, aunque dentro del contrato también puede establecerse cuanto será el aumento anual del canon de arrendamiento. En el caso de que se incumpla este tema y el propietario insista en aumentar mas la cuota, el arrendatario podrá solicitar la terminación del contrato.
El arrendador puede dar por terminado el contrato unilateralmente por mora en el pago del canon o de los servicio, exista subarrendamiento, se realicen mejoras o cambios en el inmueble sin autorización de este o por las causales que las partes estipulen en el contrato.
La terminación del contrato por parte del arrendatario puede darse si el arrendador incurre en mora de pagar lo que este a su cargo o existe desconexión de los servicios por actuación de este.
Tranquilo! si el termino del contrato se vence pero no existe un preaviso de terminación escrito, el contrato se entenderá renovado automáticamente por el mismo tiempo.
De haber un juicio, corresponderá al inquilino pagar las cosas y las multas a que hubiere lugar por la mora o el incumplimiento del contrato.
Cuando esto pase, tu como arrendador puede solicitar el pago de fianzas para asegurar a la empresa de servicios públicos domiciliarios el pago de estos y así evitar la desconexión o problemas futuros.
Si el arrendatario no cumple, el pago de los servicios recaerá sobre el arrendatario, y de esta manera las empresas deberán actuar en contra de este.