¿Contrato verbal de trabajo?

contrato verbal de trabajo

El contrato de trabajo, como se establece en el Código Sustantivo del Trabajo, es un acuerdo entre dos partes para realizar una prestación a cambio de un precio, sin embargo tiene unos elementos que deben existir para que sea considerado como "de trabajo" , de esta forma solo se considerara como contrato de trabajo aquel que tiene una actividad realizada por el trabajador, con dependencia y subordinación del empleador, rindiendo cuentas a este por el modo de ejecución del contrato, con un salario como retribución.
De reunirse estos elementos, existe un contrato de trabajo, es decir, no es necesario que este se encuentre por escrito para que sea válido, no siendo este un elemento esencial. Por ello, existe el contrato verbal de trabajo, y a continuación te explicamos como funciona y cuales son las repercusiones que tiene.

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¿Cuales son las principales diferencias entre un contrato verbal y uno escrito?

Es claro que la principal diferencia entre un contrato verbal y uno escrito es la formalidad, sin embargo, la principal consecuencia que tiene un contrato verbal es que este no sirve como medio de prueba, debido a que no se encuentra escrito. Esto es lo único que puede considerarse como diferente debido a que dentro del ordenamiento colombiano, ambos cuentan con las mismas garantías y protección.

¿Existe algo que no pueda pactarse en un contrato verbal de trabajo?

Sí, existen ciertas cláusulas que deben hacerse de forma escrita, aun cuando el resto del contrato sea verbal,  porque de otro modo no son validas, estas son:

  1. Periodo de prueba.
  2. Termino de duración: El contrato verbal es por naturaleza indefinido.

¿Cómo se prueba el contrato verbal de trabajo?

Como se ha dicho antes, el único problema que presenta el contrato verbal es el tema de la prueba; no obstante, se ha establecido que para poder probar el contrato verbal de trabajo es necesaria la existencia de testigos, no obstante esta prueba no tenga el mismo valor que una escrita.

¿Cuando existe un contrato por obra puede ser verbal?

Si, el contrato de obra o labor puede ser pactado de forma verbal, incluso teniendo un termino fijo. Esto responde a que se entiende que el contrato de obra tendrá la misma duración que la obra misma, por en seria ilógico intentar pactar un contrato indefinido de obra, pues se violaría la naturaleza de este.

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Palabras clave: Contratos laborales, Derecho laboral, Sociedades y empresas

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