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Diferencias entre separación de cuerpos y divorcio

Escrito por MisAbogados.com.co | 30-jul-2024 10:39:00

El matrimonio es la unión de dos personas que deciden crear un proyecto de vida juntos y cuya vinculación se formaliza ante el Estado colombiano, generando efectos legales. Ahora bien, existen circunstancias que pueden llevar al rompimiento de dicho vinculo a través de la figura del divorcio o de la cesación de los efectos civiles del matrimonio. No obstante, cuando los cónyuges deciden darse un tiempo sin tener que romper el vinculo de manera inmediata, pueden optar por la figura de la separación de cuerpos, de la cual estaremos hablando en el presente artículo.

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¿Cuáles son las diferencias entre separación de cuerpos y divorcio?

Si bien es común, escuchar separación y divorcio y pensar que se trata de la misma situación, la realidad es que son figuras diferentes con efectos legales distintos. A continuación te contamos las diferencias principales:

1. Divorcio

El divorcio busca romper completamente el vínculo del matrimonio, cesando las obligaciones que los cónyuges tienen entre sí, como la cohabitación, la ayuda mutua, el socorro y el deber de fidelidad, así como la disolución y liquidación de la sociedad conyugal, la cual hace referencia al régimen del patrimonio de la pareja. 

En Colombia, hablamos de divorcio frente al matrimonio civil o de cesación de efectos civiles del matrimonio cuando este se ha celebrado bajo el rito católico. Así mismo, cualquiera de estos procedimientos podrán adelantarse ante una notaría cuando sea de mutuo acuerdo o ante un juez de familia, cuando sea contencioso, es decir, que no exista acuerdo en el hecho mismo de divorciarse o en alguno de los aspectos que este genera como la repartición de los bienes de la sociedad conyugal o la determinación de la custodia de los hijos menores. 

(Si deseas conocer cuáles son las causales de divorcio en Colombia puedes leer nuestro artículo de blog)

2. Separación de cuerpos

La separación de cuerpos, a diferencia del divorcio, no pone fin al vínculo del matrimonio, sino que suspende la convivencia entre los cónyuges por un periodo de tiempo determinado o de manera indefinida, sin que ello implique la suspensión de los deberes respecto de los hijos menores de edad.

Además de lo anterior, la separación de cuerpos implica la disolución automática de la sociedad conyugal, salvo que los cónyuges de mutuo acuerdo decidan mantenerla vigente. 

En este punto, es importante mencionar que las causales para la separación de cuerpos son el mutuo acuerdo entre los cónyuges o las mismas que para el divorcio. En este sentido, la separación de cuerpos deberá solicitarse ante un juez y en todo caso, una vez cumplidos los dos años desde la separación de cuerpos judicial o de hecho, se configurará como una causal de divorcio. 

Junto con la solicitud de separación de cuerpos deberá exponerse las determinaciones entre los cónyuges respecto de la custodia de los hijos menores de edad, la cuota de alimentación y el régimen de visitas. 

Recuerda que el presente artículo contiene temas de carácter general y no constituye asesoría legal. Si requieres mayor orientación para resolver una situación jurídica de tipo familiar y necesitas un abogado experto en el asunto, aquí podemos conectarte con profesionales del derecho confiables, con gran experiencia y bajo tarifas justas. Contáctanos a través de nuestro formulario virtual.