Ser padre o madre es un derecho y un deber, que implica la responsabilidad de cuidar, proteger y educar a los hijos. Sin embargo, en algunas situaciones excepcionales, el Estado puede intervenir y privar a los padres de la patria potestad, es decir, de los derechos y obligaciones que tienen sobre sus hijos. En este artículo de mis MisAbogados.com.co te explicamos en qué consiste este término y en qué casos se puede perder la patria potestad.
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La patria potestad es el conjunto de derechos y obligaciones que tienen los padres sobre sus hijos menores de edad. Estos derechos y obligaciones incluyen:
Estas obligaciones y derechos surgen con el solo nacimiento de los hijos y en circunstancias normales, deben ser ejercidos de forma compartida y solidaría entre ambos progenitores. Sin embargo, existen situaciones que ameritan la suspensión e incluso, la pérdida de la patria potestad en cabeza de uno o de ambos padres cuando se considera que estos no están en condiciones de cuidar y proteger adecuadamente a sus hijos.
La ley colombiana establece que la patria potestad de los hijos se puede perder por las siguientes causales:
La pérdida de la patria potestad es un proceso judicial que debe ser adelantado por un juez de familia. El proceso se inicia con la presentación de una demanda, en la que se deben exponer las causales por las cuales se solicita la pérdida de la patria potestad.
Cualquier pariente del menor (padre o madre, abuelos, tíos, etc.) está en la facultad de solicitar la pérdida de la patria potestad, así como un defensor de familia o el mismo juez de oficio, es decir, sin que necesariamente exista solicitud de parte.
El primer efecto de la terminación de la patria potestad es la privación de los derechos relacionados a esta figura y que básicamente se resumen en: administrar los bienes del menor y representarlo legalmente. No obstante, la ley civil también contempla que "la suspensión o privación de la patria potestad no exonera a los padres de sus deberes de tales para con sus hijos", por lo que obligaciones como la de dar alimentos puede seguir siendo exigida.
Ahora bien, una vez que el juez declara la pérdida de la patria potestad para uno de los padres, esta recaerá exclusivamente en el otro. Pero, a falta del otro padre o si ambos pierden la patria potestad, los hijos pasan a ser colocados bajo la guarda y protección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). El ICBF se encargará de su cuidado y protección hasta que se encuentre una familia sustituta o hasta que los hijos alcancen la mayoría de edad.
Es importante tener en cuenta que la pérdida de la patria potestad es una medida extrema que solo se toma en casos graves, cuando se considera que los padres no están en condiciones de cuidar y proteger adecuadamente a sus hijos.
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