Un contrato de trabajo genera obligaciones y derechos, tanto para el empleador como para el trabajador, de modo que si alguna de las partes incumple con dichas responsabilidades, podrá dar lugar a la terminación unilateral de la relación laboral. De esta manera, cuando existe una justa causa por conductas provenientes del empleador que afectan al trabajador, este podrá terminar el contrato laboral y reclamar el pago de una indemnización, lo cual también se denomina como despido indirecto o auto-despido. En este artículo te contamos todo lo que debes saber sobre esta figura legal.
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¿En qué casos puedo reclamar una indemnización si renuncio?
En Colombia, la regla general es que cuando un trabajador renuncia voluntariamente a su empleo, no tiene derecho a recibir una indemnización. Esto se debe a que la renuncia es una decisión personal del trabajador y no se considera un despido injustificado por parte del empleador. Sin embargo, es posible que, en ciertos casos, el trabajador pueda reclamar una indemnización por renunciar a su trabajo.
Esta figura, conocida como despido indirecto o auto-despido, se presenta cuando el empleador incurre en alguna conducta sistemática que afecta gravemente al trabajador, quien se ve forzado a renunciar, pues la relación laboral se ha tornado insostenible.
Algunos ejemplos de estas conductas son: el acoso laboral, el no pago oportuno del salario y las demás prestaciones sociales, el desmejoramiento de las condiciones de trabajo, no proporcionar al trabajador los elementos de seguridad necesarios para su labor, el incumplimiento de las obligaciones contractuales o legales del empleador y en general, las justas causas que contempla el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo.
¿Qué requisitos deben cumplirse para que se configure el despido indirecto?
En la práctica los empleadores no suelen reconocer de manera voluntaria un despido indirecto y mucho menos, el pago de una indemnización. Por esta razón, los trabajadores deben acudir a instancias judiciales y reclamar la indemnización por medio de una demanda laboral. En este sentido, es muy importante tener claro que para que se configure el despido indirecto y el trabajador tenga la posibilidad de ganar la demanda, deben cumplirse ciertos requisitos de gran importancia:
- Que exista una justa causa para terminar el contrato laboral: La conducta que motiva la renuncia del trabajador debe provenir directamente del empleador y enmarcarse dentro de alguna de las justas causas que señala el artículo 62, literal B, del Código Sustantivo del Trabajo.
- Que la conducta del empleador sea sistemática: es decir, repetitiva, continua e intencional.
- Que se haya indicado la causa de la renuncia: El trabajador deberá indicarle al empleador precisa y claramente las causas o motivos que justifican su renuncia. Esto es muy importante, pues no podrá alegar causas diferentes con posterioridad. Además, se recomienda que esta comunicación se haga de manera escrita y se deje constancia de recibo por parte del empleador.
- Que haya inmediatez: Debe existir una relación directa entre la ocurrencia de los hechos y la fecha en que se provoca el despido.
- Carga de la prueba: En estos casos, el trabajador que demanda el despido indirecto es quien deberá probar, ante un juez laboral, la ocurrencia de los hechos que provocaron la renuncia.
¿A cuánto equivale la indemnización por despido indirecto?
Como ya se ha explicado, cuando el empleador obliga al trabajador a renunciar, debe indemnizarlo. Pero, ¿a cuánto equivale esta indemnización?
La indemnización en casos de despido indirecto es igual a la indemnización prevista en la ley laboral para el despido de un trabajador sin justa causa. En términos generales esta se calcula dependiendo del tipo de contrato, el valor del salario y el tiempo de antigüedad del trabajador.
Contrato a término fijo o por obra/labor:
La indemnización equivale al monto de los salarios que falten hasta la fecha del vencimiento del contrato o a la culminación de la obra o labor contratada. En ningún caso la indemnización podrá ser inferior a 15 días.
Contrato a término indefinido:
1. Trabajadores con salario inferior a 10 salarios mínimos (SMMLV):
- La indemnización corresponde a treinta (30) días de salario cuando el tiempo laborado no supere un año.
- Cuando el tiempo laborado supera el año continuo, a la indemnización anterior deberá sumarse veinte (20) días de salario, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.
2. Trabajadores que devenguen un salario igual o superior a 10 SMMLV:
- La indemnización corresponde a veinte (20) días de salario cuando el tiempo laborado no supere un año.
- Cuando el tiempo laborado supera el año continuo, a la indemnización anterior deberá sumarse quince (15) días de salario por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.
Recuerda que el presente artículo contiene temas de carácter general y no constituye asesoría legal. Si requieres mayor orientación para resolver una situación jurídica de tipo laboral y necesitas un abogado experto en el asunto, aquí podemos conectarte con profesionales del derecho confiables, con gran experiencia y bajo tarifas justas. Contáctanos a través de nuestro formulario virtual.