Eliminación del proceso de interdicción en Colombia

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En el ámbito jurídico colombiano, la interdicción era un tema de gran relevancia pues se consideraba una forma de proteger a las personas que por alguna condición mental, no podían ejercer plenamente sus derechos y obligaciones. Sin embargo, a partir del 26 agosto de 2019, con la promulgación de la Ley 1996 de 2019, se eliminó la figura de la interdicción y se dio paso a un nuevo enfoque basado en el apoyo a las personas con discapacidad. En este blog comprenderemos en qué consiste el nuevo enfoque de apoyo a las personas con discapacidad y sus diferencias con la figura de la interdicción. 

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¿Qué era el proceso de interdicción?

La interdicción en Colombia era un proceso judicial mediante el cual se declaraba a una persona en situación de discapacidad para ejercer algunos o todos sus derechos y en consecuencia, celebrar actos jurídicos, debido a una discapacidad mental "absoluta".

Esta declaración implicaba que la persona necesitaba de un representante legal para actuar en su nombre, ya fuera un tutor, guarda o curador, quien era nombrado por el respectivo juez de familia, ante quien se presentaba la demanda. 

¿Cuál es el nuevo enfoque de apoyo a las personas con discapacidad en Colombia?

A partir de la Ley 1996 de 2019, el enfoque jurídico en Colombia cambió de la interdicción al apoyo a las personas con discapacidad.

Este nuevo enfoque se basa en el respeto a la autonomía, dignidad e igualdad de las personas y en la presunción de capacidad legal que le asiste a todas las personas mayores de edad con discapacidad, consideradas como sujetos de obligaciones y derechos en igualdad de condiciones, para lo cual pueden requerir el uso de apoyos para la realización de actos jurídicos con plena validez legal. 

En este sentido y de acuerdo con los Convenios Internacionales en materia de Derechos de las Personas con Discapacidad, en ningún caso la existencia de una discapacidad podrá ser motivo para la restricción de la capacidad de ejercicio de una persona, entendiendo que estas pueden tomar decisiones sobre su vida y ejercer sus derechos, siempre que cuenten con los apoyos necesarios para hacerlo.

¿En qué consiste este sistema de apoyos?

El sistema de apoyos planteado por la ley está orientado a brindar asesoría o guía a las personas con discapacidad a la hora de tomar decisiones o celebrar actos jurídicos, sin que pierdan su independencia y su libertad para escoger dichos apoyos. 

Los apoyos serán por tanto, la(s) persona(s), naturales o jurídicas, que le asistirán a una persona con discapacidad en la toma de decisiones respecto a uno o más actos jurídicos determinados.

Estos apoyos deberán designarse de manera formal por parte del titular a través de un acuerdo de apoyos realizado ante notario y elevado a escritura pública o realizado mediante conciliación extrajudicial en derecho. 

Finalmente, los apoyos podrán designarse por vía judicial frente a uno o varios actos jurídicos concretos, a través de un proceso de jurisdicción voluntaria promovido por la persona titular del acto jurídico o excepcionalmente, por medio de un proceso verbal sumario cuando sea promovido por una persona distinta al titular del acto jurídico. 

Recuerda que el presente artículo contiene temas de carácter general y no constituye asesoría legal. Si requieres mayor orientación para resolver una situación jurídica de tipo civil o de familia y necesitas un abogado experto en el asunto, aquí podemos conectarte con profesionales del derecho confiables, con gran experiencia y bajo tarifas justas. Contáctanos a través de nuestro formulario virtual.  

Palabras clave: Derecho de Familia, Derecho Civil

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