Por medio del siguiente artículo aclararemos algunos aspectos de discusión que son muy frecuentes y generan grandes controversias con respecto al tema de la prisión domiciliaria.
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¿Qué es la prisión domiciliaria?
La prisión domiciliaria es una pena que sustituye la prisión según la normatividad colombiana y consiste en la privación de la libertad en el lugar de residencia o en el lugar en donde vive el condenado a no ser de qué el juez determine otra parte en donde se deba cumplir esta pena.
¿Cuáles son los requisitos para se dé la prisión domiciliaria?
Los requisitos que se deben tener en cuenta para poder acceder a la posición domiciliaria son los siguientes:
- Que la sentencia del condenado se imponga por una conducta considerada como delito en el Código Penal y la pena de este tenga como tiempo para cumplirla 8 (ocho) años o menos.
- Que el delito por el cual se haya condenado a la persona no sea un delito doloso, es decir, un delito por el cual paga el condenado al momento de ser cometido haya sido bajo el pleno uso de conciencia de que al haber cometido la acción esta era ilícita, pueden ser estas que se haya hecho en contra de la Administración Pública, contra las personas protegidas por el Derecho Internacional Humanitario, contra la libertad, la integridad y formación sexual, contra la confianza del Estado y sus bienes, qué sea una captación masiva y habitual de dineros, utilización indebida de información privilegiada, sea captación de activos, entre otros.
- Que se demuestre el arraigo familiar y social del condenado
- Que se demuestre la afección de salud, la vida y la igualdad
- Que se demuestre qué se requiere para trabajar por ser madre o padre de familia
- Que se demuestre qué debe rendir por razones de estudio o responder por ellas.
- Que se garantice mediante caución el incumplimiento de la obligación de no cambiar de residencia sin la autorización judicial, qué dentro del término fijado por el juez sean reparados los daños ocasionados con el delito como sucede con el pago de indemnizaciones salvo insolvencia, que comparezca personalmente ante la autoridad judicial qué vigile el cumplimiento de la pena cuando sea solicitado, permitir la entrada los funcionarios encargados de supervisar su reclusión.
¿Ante quien se puede solicitar la prisión domiciliaria?
Ante el juez de Ejecución de Penas y Medidas de Aseguramiento.
¿Quién puede solicitar la prisión domiciliaria?
Por lo general, la solicita el abogado que conoce el caso de la persona condenada aunque si se estima conveniente, la puede pedir otro, o cualquier persona ante el juez. La razón de recomendar al abogado es que él tiene mayor conocimiento del trámite y puede llegar a ser más efectivo.
¿Cómo se pide la prisión domiciliaria?
Se debe allegar una solicitud firmada por el interno junto con los soportes qué se pidan ya sea por arraigo familiar, médicos o por otros eventos.
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