En términos generales, todos las personas en etapa productiva debemos cumplir con ciertas obligaciones tributarias, es decir, declarar y pagar impuestos. No obstante, respecto al impuesto de renta y complementarios aplicable a las personas naturales, primero es importante identificar si una persona es residente fiscal en Colombia, independientemente de su nacionalidad y del lugar de su domicilio. En este artículo identificaremos quiénes son considerados residentes fiscales en Colombia para efectos tributarios.
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Lo primero por aclarar es que por regla general, todas las personas naturales, ya sean nacionales o extranjeras, que tengan ingresos o activos en Colombia, deben declarar y pagar impuesto de renta y complementarios. No obstante, lo que diferencia a un residente fiscal de una persona que no lo es, es la base gravable sobre la cual se aplicará impuesto.
En este sentido, a los residentes fiscales se les aplicará el impuesto de renta y complementarios en lo concerniente a las rentas y ganancias ocasionales obtenidos de fuentes nacionales o extranjeras.
Por otro lado, los que no son residentes fiscales, estarán sujetos al impuesto de renta y complementarios en lo concerniente a las rentas y ganancias ocasionales únicamente obtenidos de fuentes colombianas.
Ahora bien, el artículo 10 del Estatuto Tributario regula todo lo concerniente a los residentes fiscales para efectos tributarios, lo cual resumiremos en los párrafos siguientes.
Se consideran residentes en Colombia, para efectos tributarios, las personas naturales, colombianas o extranjeras, que cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones:
Aplicable para nacionales colombianos y extranjeros:
Aplicable únicamente para nacionales colombianos:
Cuando en un periodo gravable, se configure alguna de las siguientes situaciones, así el colombiano resida en el extranjero:
Frente a estas causales, existen dos eximentes que de cumplirse alguna de ellas, el nacional colombiano que reside en el extranjero no será considerado como residente fiscal en Colombia:
Ahora bien, tener la calidad de residente fiscal no implica necesariamente la obligación de declarar y pagar el impuesto de renta y complementarios. Para ello, las personas naturales residentes fiscales en Colombia, deberán además superar ciertos topes señalados en la ley respecto a: patrimonio bruto, ingresos totales, consumos mediante tarjetas de crédito, valor total de las compras y consumos y el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras.
Recuerda que el presente artículo contiene temas de carácter general y no constituye asesoría legal. Si requieres mayor orientación para resolver una situación jurídica en materia de derecho tributario y necesitas un abogado experto en el asunto, aquí podemos conectarte con profesionales del derecho confiables, con gran experiencia y bajo tarifas justas. Contáctanos a través de nuestro formulario virtual.