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Repartición de herencias

Escrito por MisAbogados.com.co | 03-sep-2024 10:57:00

En Colombia existen dos formas para heredar bienes tras la muerte de una persona, el testamento y la sucesión intestada. En el primer caso, la persona ha dejado plasmada, en un documento solemne, su voluntad para la distribución de su patrimonio tras su fallecimiento. En el segundo caso, será un juez o un notario, la autoridad competente para declarar la liquidación y adjudicación de los bienes en cabeza de los herederos legítimos, conforme a las reglas previstas en la ley. No obstante, ambas figuras tienen que ceñirse a la normatividad prevista en materia de sucesiones, de lo cual estaremos hablando en el presente artículo. 

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¿Qué es la sucesión?

La sucesión es el proceso legal por medio del cual se determina la forma en que los bienes de una persona (causante) serán repartidos entre sus herederos o causahabientes tras su fallecimiento

En Colombia existen dos clases de sucesiones:

  • Testada: aquella en la que la persona fallecida ha dejado un testamento. En este documento, el causante expresa su voluntad sobre cómo quiere que se distribuyan sus bienes después de su muerte. El testamento le permite al causante dejar un porcentaje de la herencia a otras personas que en principio, no tienen la vocación para heredar o también, mejorar la parte de la herencia que le corresponde a alguno de sus herederos. 
  • Intestada: es aquella en la que el causante no ha dejado testamento o este no es válido. En este caso, la ley establece quiénes tienen derecho a heredar y en qué proporción. Los herederos legitimarios suelen ser los familiares más cercanos del fallecido, como los hijos, el cónyuge o los padres.

¿Cómo se realiza una sucesión intestada?

La sucesión intestada, por lo general, toma más tiempo, dinero y presenta mayores conflictos entre los herederos. En estos casos, los interesados deberán acudir ante un juez de familia, con el fin de que sea esta autoridad quien defina quiénes son los herederos legítimos y realice la adjudicación de los bienes de acuerdo a lo previsto en la ley.

No obstante, si las partes no presentan conflictos frente a la sucesión, podrán adelantar el trámite de mutuo acuerdo ante una notaría, por medio de escritura pública, presentando un inventario y​​ avalúo de los bienes, el trabajo de partición y adjudicación, así como todos los demás documentos que acrediten el fallecimiento del causante, la relación de parentesco con los herederos y la titularidad de los bienes.  

¿Cómo se distribuyen los bienes en una sucesión intestada?

En la sucesión intestada, los bienes se distribuyen en el orden de prioridad que determina la ley. En estos casos, tienen prelación los hijos, matrimoniales, extramatrimoniales o adoptivos y en caso de no haber, tendrán prioridad el cónyuge o compañero(a) permanente, junto con los padres del causante. Si no hay ascendientes, pasarán a heredar los hermanos del fallecido y a falta de estos, los sobrinos. Si no hubiere ninguno de los anteriores, los bienes serán transmitidos al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). 

Respecto a la distribución de los bienes, esta es equitativa, es decir, se reparte en igual proporción entre todos los herederos según el orden de prelación. No obstante, deberá tenerse en cuenta la liquidación de la sociedad conyugal antes de realizar la sucesión, si es que el causante se encontraba casado al momento del fallecimiento. Esto puede modificar los bienes que serán incluidos dentro de la sucesión

¿Cómo se realiza la sucesión en caso de existir un testamento?

En caso de existir testamento, la sucesión suele ser más rápida y no requiere de la intervención de un juez, siempre que el documento cumpla con todos los requisitos de validez.

En estos casos, el testador podrá disponer la forma cómo serán distribuidos los bienes y a favor de qué personas, permitiéndole hacer prevalecer su voluntad en relación a la repartición de su patrimonio. No obstante, es importante tener en cuenta los mínimos requeridos por la ley para que el testamento sea válido en Colombia:

  • Debe realizarse ante notario y con la presencia de un número determinado de testigos, dependiendo de si se trata de un testamento cerrado o abierto. 
  • Se debe presentar la relación de los bienes y la forma en la cual serán distribuidos al momento del fallecimiento.
  • Al menos la mitad de los bienes deberán ser repartidos en partes iguales entre los herederos legítimos, es decir, los hijos o a falta de estos, los padres. 
  • El 25% del patrimonio podrá ser usado para mejorar la porción de alguno o algunos de los herederos legítimos a libre disposición del testador, mientras que el 25% restante podrá ser adjudicado a cualquier persona, así no guarde relación de parentesco con el fallecido.  

¿Qué pasa si no se respetan las reglas previstas en la ley?

En caso de que el testador no respete lo establecido en la ley acerca del reparto de la herencia en su testamento, este será declarado nulo y por lo tanto, se procederá a realizar la repartición como si se tratara de una sucesión intestada.

¿Qué otras recomendaciones deben tenerse en cuenta?

  • Contar con la asesoría de un abogado experto que oriente el proceso y garantice el cumplimiento de los requisitos legales.
  • En la mayoría de los casos, los herederos deberán cancelar derechos de registro e impuesto de ganancia ocasional sobre los bienes heredados, así como gastos notariales, si el proceso se realice en notaría. 
  • En caso de sucesión intestada, un solo heredero podrá iniciar el trámite de sucesión ante el juez de familia del lugar donde el causante tuviere la mayoría de sus bienes. El trámite en notaría deberá contar con la presencia y el mutuo acuerdo de todos los herederos. 
  • Los herederos deberán realizar la sucesión antes de poder disponer o vender los bienes que conforman la masa sucesoral, especialmente aquellos sujetos a registro. 
  • El documento por medio del cual se hubieren adjudicado bienes sujetos a registro como los inmuebles o los vehículos, deberá inscribirse en el correspondiente registro público, con el fin de que adquiera plenos efectos legales.
  • Las sucesiones que no han sido liquidadas por los herederos son consideradas contribuyentes para lo referente a la declaración y pago del impuesto sobre la renta frente a la DIAN.
  • Si no se reclama la herencia en un plazo determinado, los herederos podrían perder sus derechos sobre los bienes.

Recuerda que el presente artículo contiene temas de carácter general y no constituye asesoría legal. Si requieres mayor orientación para resolver una situación jurídica en materia de sucesiones y necesitas un abogado experto en el asunto, aquí podemos conectarte con profesionales del derecho confiables, con gran experiencia y bajo tarifas justas. Contáctanos a través de nuestro formulario virtual.