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Suspensión del voto

Escrito por MisAbogados.com.co | 08-ago-2016 8:40:40

En el artículo a continuación encontrarás información importante y relevante con respecto al voto y a su suspensión dentro del Estado colombiano.

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¿Qué es el voto?

El voto es un mecanismo de participación ciudadana que el pueblo de una nación puede utilizar para ejercer el derecho al sufragio. Es un derecho y un deber en Colombia, que para ser válido debe ser sin coacción y en forma secreta, no debe mediar violencia para emitirlo por el votante o algún tipo de presión para darlo por lo que es una expresión de la voluntad en la elección de algo.

¿Quiénes pueden votar?

En Colombia todos los colombianos mayores de edad y que estén inscritos en el censo electoral, que residan en el país y los extranjeros residentes en el territorio nacional.

¿No puedo votar si no vivo en Colombia?

Si te encuentras en esta situación, únicamente puedes votar en elecciones de decisión nacional como Presidente o Congreso.

¿En qué ocasiones puedo votar si soy extranjero residente en el país?

En la elección ordinaria de carácter municipal y distrital y lo harán en el último lugar en donde haya fijado su domicilio; no podrán elegir gobernador o asamblea.

¿Hay restricciones para votar o suspensiones?

Si, al ser el voto un derecho ciudadano al perder la condición de ciudadano colombiano se pierde esta posibilidad, y por tanto, si se suspende en virtud de sentencia judicial en los casos que dicta la ley o por renuncia a ella. También hay restricción en el voto por las inhabilidades e incompatibilidades que contempla la ley.

 Teniendo en cuenta las restricciones y suspensión del voto, ¿quiénes no pueden votar?

    1. Las personas que han renunciado a la nacionalidad colombiana
    2. La personas que sean menores de 18 años
    3. Las personas a las que no tengan la calidad de ciudadano previa al voto
    4. Las personas a las que se les haya suspendido la nacionalidad
    5. Las personas pertenecientes a la Fuerza Pública mientras permanezcan en servicio activo (estas solo pueden votar en cuestiones relativas a su servicio y moralidad del cuerpo), es decir, Fuerzas Armadas y Policía
    6. Los interdictos de los derechos y funciones públicas
    7. Los condenados
    8. Los que simplemente se encuentren detenidos en establecimientos de reclusión, cárceles o reformatorios pueden hacer uso del derecho a sufragar, siempre y cuando la Registraduría Nacional establezco los medios para que se haga dentro del centro de reclusión.

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¿Por qué solo se puede votar después de los 18 años?

Por qué sola a partir de esa edad se ejerce la ciudadanía de forma plena.

Si tienes duda si estás o no habilitado para votar busca información en la Registraduría para que no incurras en sanciones o amonestaciones, o completa el formulario de MisAbogados.com.co para que un experto te asesore.