Trabajadores e indemnización brazos caídos

brazos caidos

Los trabajadores tienen una serie de derechos que es importante que conozcas, entre estos la indemnización brazos caídos tras una liquidación de trabajo. Si desconoces esta figura sigue leyendo y resuelve tus dudas.

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¿A qué llamamos brazos caídos?

Es un figura para hacer referencia a la indemnización moratoria que la empresa o el empleador te debe pagar porque cuando terminó tu contrato laboral no pagó todos los derechos que tienes, como los salarios adeudados y las demás prestaciones, sin ninguna autorización legal.

 Si al término del contrato hay atrasos de pagos y prestaciones, ¿cuál es la indemnización que me deben?

Para saber cuánto te corresponde por indemnización por brazos caídos, primero debes identificar tu salario neto, ya que no es igual la sanción moratoria por brazos caídos si ganas un salario mínimo o si ganas más que este.

  1. Si tu salario es igual o inferior del salario mínimo: La sanción es de un día de salario por cada día de mora sin límite de tiempo desde la fecha de la liquidación de trabajo o terminación del contrato hasta cuando el empleador pague lo adeudado.
  2. Si tu salario es superior al salario mínimo: La sanción es de un día de salario por cada día de mora por  máximo dos años contados desde la terminación del contrato.

Posterior a estos dos años que equivaldrían a 24 meses, ya no te pagan un día de salario por cada día de mora, pues el empleador debe pagar intereses moratorios a la máxima tasa certificada por la Superintendencia Financiera hasta cuando el pago se realice.

¿Qué pasa si yo soy el responsable de que no me paguen?

Siempre va a existir el principio de buena fe, pero será el juez qué determine hasta dónde eres responsable para luego determinar la mala fe del empleador al no pagar la liquidación de trabajo al terminar el contrato.

¿Cuáles son las condiciones para su aplicación?

  1. Que sean salarios y todo lo que es salario, es decir, comisiones y horas extras y/o prestaciones sociales adeudadas.
  2. No se te hayan pagado salarios o prestaciones sociales de forma completa.
  3. Se te hagan retenciones ilegales.
  4. Se te liquiden mal las primas y cesantías.
  5. Se evidencie la mala fe en el empleador.

¿Sobre qué no aplica la sanción moratoria?

  1. Pago de vacaciones
  2. Pago de auxilio de transporte
  3. Dotación
  4. Pago incompleto de indemnización por despido injusto.

Si tienes dudas por la liquidación de trabajo y la indemnización brazos caídos, no dudes en completar el formulario de MisAbogados.com.co, para que uno de nuestros expertos te asesore.

Palabras clave: Derecho laboral

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