Los niños, niñas y adolescentes son considerados sujetos de especial protección. En este sentido, el Estado colombiano, reconoce y protege el derecho de los menores a recibir alimentos y a su vez, impone la obligación legal y moral sobre los padres de proveer a sus hijos menores de edad de los recursos necesarios para su supervivencia y desarrollo integral. En algunos casos, esta cuota puede ser descontada directamente del salario del deudor.
En este artículo de MisAbogados.com.co te contamos en qué casos se puede imponer está medida y cuál es el proceso para solicitarla. Recuerda que si al finalizar este artículo tienes más inquietudes, nosotros podemos ayudarte. Déjanos tus datos en nuestro formulario de contacto y te conectaremos con un abogado experto que pueda asesorar tu caso.
También te puede interesar: Paso a paso para una demanda por alimentos, ¿Cómo procede la demanda de alimentos o divorcio cuando una de las partes está en el extranjero?, Aumento de cuota alimentaria, fijación de cuota alimentaria.
La ley colombiana prevé varias formas por medio de las cuales los padres o cuidadores de un menor de edad, pueden establecer de manera voluntaria el monto de la cuota de manutención, de acuerdo a sus posibilidad económicas y a las necesidades del hijo o hija. Algunos de estos mecanismos son el acuerdo directo o la conciliación.
Sin embargo, cuando esto no es posible de manera voluntaria, se requiere la intervención de un Juez de Familia para que establezca el monto de dicha cuota y le imponga la obligación al padre o madre renuente de hacer los aportes en las formas y plazos determinados.
Ahora bien, cuando el progenitor obligado incumple en los pagos de la cuota ya fijada, el interesado podrá solicitar ante el juez, a través de un proceso ejecutivo, alguna medida adicional que garantice el pago de la cuota alimentaria, como por ejemplo, el descuento directo del salario que recibe el padre o la madre obligado, para lo cual se debe verificar previamente ciertas condiciones.
En este punto es importante tener en cuenta que, aunque lo usual es la fijación de cuotas alimentarias a favor de los hijos menores, también pueden imponerse a favor de otras personas, como los padres, el cónyuge o la madre gestante, cuando no cuentan con los medios necesarios para subsistir.
Ahora bien, para que proceda el descuento de la cuota de alimentos del salario del padre o madre obligado, se deben dar ciertas condiciones:
1. Incumplimiento: Si el deudor no cumple espontáneamente con el pago de la cuota alimentaria, el acreedor (la madre, el padre o el cuidador en representación del menor), puede solicitar al juez en proceso ejecutivo, que ordene una medida cautelar consistente en el embargo del salario del progenitor obligado. Esta medida se hace extensiva a los honorarios que reciben los padres, cuando su vinculación se realiza mediante contrato de prestación de servicios.
2. Autorización judicial: El juez debe analizar la situación y las pruebas aportadas dentro del proceso ejecutivo y, si lo considera necesario, emitirá un auto judicial que autorice el descuento directo de la cuota alimentaria del salario del deudor. En este sentido, será el empleador o contratante del progenitor obligado, el responsable de efectuar dichos descuentos en los términos indicados en la sentencia.
3. Porcentaje del salario: Para efectos de las deudas por cuota alimentaria, la ley señala que el descuento sobre el salario u honorarios no puede exceder el 50% de su monto, aunque se trate del salario mínimo. Para estos efectos, el juez deberá indicar si se trata del salario neto o bruto y bajo qué porcentaje o suma exacta se realizará el descuento.
4. Prioridad del pago: La cuota alimentaria tiene prioridad sobre cualquier otra deuda que pueda tener el deudor, incluso las obligaciones tributarias.
Como se mencionó anteriormente, el empleador o contratante del progenitor obligado, será el responsable de realizar los descuentos en los términos señalados por el Juez y remitirlos al lugar indicado para el pago de las cuotas alimentarias.
En este sentido y dada la importancia de la cuota alimentaria para la subsistencia de los menores, en caso de que el empleador no cumpla con la obligación de hacer los descuentos, podrá incluso responder solidariamente junto con el padre o madre obligado, por las sumas no descontadas, sumas que pueden ser reclamadas ante el mismo juzgado mediante una figura denominada incidente de ejecución.
El dinero descontado de los salarios con destino al pago de la cuota alimentaria, será consignado a nombre del juzgado que impuso la medida, a través de lo que se conoce como un depósito judicial.
Finalmente, es importante señalar que en el eventual caso de que existan cuotas alimentarias fijadas en favor de varias personas a la vez, por ejemplo, para los padres y para los hijos, la ley ha dispuesto que debe darse prioridad a los descuentos del salario destinados a cubrir las cuotas alimentarias de los niños, niñas y adolescentes.
Recuerda que el presente artículo trata estos temas de carácter general y no constituye asesoría jurídica. Si deseas contar con un abogado experto en estos temas u otros de Derecho de Familia, no dudes en comunicarte con nosotros a través de nuestro formulario de contacto.