Una de las preguntas más frecuentes cuando una pareja se separa es qué pasará con los hijos menores de edad y quién se hará cargo de sus gastos de manutención. En este tipo de situaciones es donde los padres, ya sea de mutuo acuerdo o con la intervención de un juez, entran a fijar aspectos como la cuota de alimentos, la custodia y el régimen de visitas. No obstante, a veces estos procesos son demorados y por ello, se requiere tomar medidas provisionales e inmediatas que permitan salvaguardar el bienestar de los menores. Los alimentos provisionales es una de esas medidas, de la cual estaremos hablando en el presente artículo.
¿Necesitas asesoría legal? En MisAbogados.com.co podemos ayudarte, déjanos tus datos en nuestro formulario de contacto y te conectaremos con un abogado especialista que pueda asesorar tu caso.
También te puede interesar leer: Todo sobre la cuota alimentaria en Colombia, Paso a paso para presentar una demanda por alimentos
¿Qué es la cuota de alimentos?
Los alimentos o cuota de alimentos consiste en una suma de dinero que una persona (obligado) debe pagar al beneficiario de manera periódica para cubrir sus necesidades básicas, como: alimentación, vivienda, educación, salud, recreación, entre otros conceptos.
Pese a que la cuota de los alimentos se fija en mayor proporción a favor de los hijos menores, también es posible solicitarla a favor de otras personas, como un cónyuge en situación de vulnerabilidad o los padres cuando no cuentan con los medios necesarios de subsistencia.
Para que haya lugar a la fijación de una cuota de alimentos, deberán concurrir varios aspectos, los más importantes son: 1) Que el beneficiario no cuente con los medios necesarios para vivir y, 2) Que el obligado tenga capacidad económica.
¿Quiénes pueden exigir el derecho de alimentos?
Los titulares del derecho de alimentos son:
- El cónyuge
- Los descendientes, incluyendo hijos matrimoniales, extramatrimoniales o adoptivos.
- Los ascendientes
- A cargo del cónyuge culpable, al cónyuge divorciado o separado de cuerpo sin su culpa
- Los nietos naturales
- A los hermanos legítimos
- Al que hizo una donación cuantiosa si no hubiere sido rescindida o revocada
¿Qué son los alimentos provisionales?
Los alimentos provisionales son una medida cautelar que se otorga de manera temporal y transitoria por parte de un juez mientras se define todo el proceso de alimentos donde se fijará la cuota definitiva. No obstante y dado que estos procesos pueden ser demorados, el interesado podrá pedir la medida provisional cuando se encuentre en riesgo el bienestar integral del beneficiado.
Los alimentos provisionales suelen solicitarse en procesos de familia, como separaciones de cuerpos o divorcios, cuando existe un cónyuge o hijo que depende económicamente del otro. También pueden solicitarse en casos de filiación, cuando se busca reconocer la paternidad o maternidad de un hijo.
¿Cómo se fijan los alimentos provisionales?
La cuantía de los alimentos provisionales se fija teniendo en cuenta las necesidades del beneficiario y las posibilidades económicas del obligado. Por esta razón, es muy importante que el beneficiario aporte ante el juez prueba suficiente sobre sus gastos básicos y sobre la capacidad económica del obligado.
Adicionalmente, el juez tendrá a consideración factores como los ingresos de del obligado y el beneficiario, el número de hijos dependientes, los gastos de manutención y el nivel de vida al que estaba acostumbrado el beneficiario.
¿Qué pasa si la persona obligada a dar alimentos provisionales es declarada absuelta en la sentencia?
Con los alimentos provisionales nace el derecho de restitución si el demandado es declarado absuelto, es decir, podrá exigir que se le devuelvan las sumas que entregó provisionalmente cuando el juez lo exonere del pago de la cuota de alimentos. No obstante, si la persona que interpuso la demanda lo hizo de buena fe y con algún fundamento admisible, perderá el derecho de restitución.
En caso contrario, cuando el demandante ha actuado con dolo o de mala fe para obtener alimentos y estos fueron decretados de manera provisional, el demandante será obligado a la restitución de las sumas pagadas y a la indemnización de perjuicios, cuando en la sentencia se defina que el demandado en realidad no se encuentra obligado a dar los alimentos.
¿Qué pasa si el obligado no paga los alimentos provisionales?
Si el obligado no paga los alimentos, así sea de carácter provisional, el beneficiario puede iniciar un proceso ejecutivo para hacer efectiva la obligación. Además, pueden existir otras consecuencias legales, como el registro en el REDAM o Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
En conclusión, los alimentos provisionales son una herramienta fundamental para garantizar la protección de quienes dependen económicamente de otros. Es importante conocer tus derechos y obligaciones en materia de alimentos para garantizar el bienestar de tus hijos y de tu familia.
Recuerda que el presente artículo contiene temas de carácter general y no constituye asesoría legal. Si requieres mayor orientación para resolver una situación jurídica de tipo familiar y necesitas un abogado experto en el asunto, aquí podemos conectarte con profesionales del derecho confiables, con gran experiencia y bajo tarifas justas. Contáctanos a través de nuestro formulario virtual.