Cálculo liquidación de sueldo

liquidacion laboral

¿Te has preguntado a qué tienes derecho cuando renuncias? Esta es una pregunta muy frecuente, pues si tienes contrato laboral a término indefinido o definido y renuncias voluntariamente el empleador deberá hacer una liquidación laboral al momento de terminar el contrato, y de eso te hablaremos en este artículo de MisAbogados.com. No obstante, si necesitas mayor asesoría, te invitamos a dejarnos tus datos en nuestro formulario de contacto.

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¿A qué tengo derecho si renuncio?

Debes tener muy presente que cuando renuncias no tienes derecho a indemnización alguna, sin embargo, deben ser liquidados a la fecha de la terminación del contrato el sueldo que se adeuda, prima, cesantía, vacaciones y la seguridad social, entre otros.

¿Cómo se realiza el cálculo de liquidación de sueldo?

Teniendo en cuenta que la liquidación se va a realizar sobre el salario que recibes al finalizar el contrato laboral y sobre este, se debe liquidar la seguridad social y las prestaciones como primas, vacaciones y cesantías.

Respecto de estas últimas, debe saber que para calcular las vacaciones tienes que revisar si estas han sido o no disfrutadas, la prima de servicios es en proporción y las cesantías deben ser calculadas desde el 1 de enero hasta la fecha de fecha de terminación.

La fórmulas para el cálculo de liquidación de sueldo son las siguientes:

  1. Prima de servicios: Salario mensual * Días trabajados en el semestre/360
  2. Cesantías: Salario mensual * Días trabajados/360
  3. Intereses sobre cesantías: Cesantías * Días trabajados * 0,12/360
  4. Vacaciones: Salario mensual básico * Días trabajados/720

Y acá te damos ejemplos de la liquidación laboral para que puedas entender mejor:

El señor Pérez, tiene contrato de trabajo a término indefinido, con un sueldo de $1.500.000, iniciando a trabajar el 1 enero de 2015 y decidió renunciar y trabajar hasta el 31 de octubre de 2016, debemos tener en cuenta que al 31 de diciembre de 2015 el empleador liquidó lo que correspondía a 2015.

Entonces en nuestro cálculo de liquidación de sueldo vamos a liquidar:

  1. Prestaciones sociales
    1. Prima de servicios: (1.500.000*120)/360 = 600.000  (esta se liquida semestral, pues en junio ya se debió de cancelar la prima correspondiente)
    2. Vacaciones: (1.500.000*300)/720 = 625.000
    3. Cesantías: (1.500.000*300)/360 = 1.250.000
    4. Intereses sobre cesantías. (1.250.000*300*.12)/360 = 125.000
  2. Aportes parafiscales: Estos son mensualmente, por lo que sólo se debe liquidar los del último mes:
    1. Cajas de compensación familiar. 1.500.000*0.04 = 60.000
    2. I.C.B.F. 1.500.000*0.03 = 45.000
    3. Sena. 1.500.000*0.02 = 30.000
  3. Aportes a seguridad social: Estos también son mensuales como los anteriores y debe liquidarse el último mes, pero recuerda que esto es lo que le corresponde al empleador, pues el trabajador paga otra porción:
    1. Pensión. 1.500.000*0.12 = 180.000
    2. Salud. 1.500.000*0.085 = 127.500

Esperamos que te haya quedado claro que debes recibir en caso de que renuncies, si tienes alguna duda sobre la liquidación laboral, deja tus datos en nuestro formulario de contacto y nuestro grupo de abogados especializados en temas laborales te podrán ayudar.

Palabras clave: Derecho laboral

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