¿Te has preguntado a qué tienes derecho cuando renuncias a tu trabajo? Esta es una pregunta muy frecuente, pues cuando se tiene un contrato laboral, ya sea a término definido o indefinido, aunque renuncies voluntariamente, tu empleador deberá reconocerte el salario y las prestaciones sociales causadas por el tiempo laborado. De eso te hablaremos en este artículo de MisAbogados.com.co y recuerda que si necesitas mayor asesoría, puedes dejar tus datos en nuestro formulario de contacto.
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Lo primero que debes tener presente es que cuando renuncias por tu propia cuenta, no tendrás derecho a recibir indemnización alguna. Sin embargo, tu empleador si deberá liquidar el sueldo que te adeuda y las prestaciones sociales causadas hasta el momento en que termine la relación laboral, tales como la prima, cesantías, vacaciones, seguridad social, entre otros. Es importante que tengas en cuenta que en ningún caso, el empleador puede obligar al trabajador a renunciar a su derecho a la liquidación.
Primero, debes liquidar el salario que no ha sido pagado por tu empleador hasta el último día de trabajo, incluyendo horas extras, comisiones y demás conceptos salariales que se hayan devengado durante el tiempo laborado.
En segundo lugar, debes liquidar las prestaciones sociales con base al salario que percibes a la fecha de la renuncia, de acuerdo con los siguientes conceptos y fórmulas:
1. Vacaciones: Si aun no has disfrutado de la totalidad de las vacaciones, tu empleador debe pagarte el valor proporcional correspondiente al tiempo laborado. Recuerda que de acuerdo a la normatividad, los trabajadores tienen derecho a un periodo de vacaciones remuneradas de 15 días hábiles por cada año de servicio.
Vacaciones (valor) = (Salario Mensual x Días trabajados) / 720
2. Prima de servicios: Equivale a un salario mensual por cada seis meses laborados en el año.
Prima de servicios (valor) = (Salario mensual x Días trabajados) / 360
3. Auxilio de cesantías: Equivale a un mes de salario por cada año de servicio. Se calcula en proporción al tiempo laborado, desde el primero de enero hasta el último día de trabajo.
Cesantías (valor) = (Salario mensual x Días trabajados) / 360
4. Intereses a las cesantías: Se calculan sobre el saldo acumulado de las cesantías a una tasa del 12% anual.
Intereses a las cesantías (valor) = (Cesantías x Días trabajador x 0,12) /360
A continuación te dejamos un ejemplo de cómo realizar una liquidación laboral para facilitar su aplicación:
El señor Pérez tiene un contrato de trabajo a término indefinido, con un sueldo de $1.500.000, iniciando a trabajar el 1º de enero de 2015. Posteriormente decide renunciar y trabajar hasta el 31 de octubre de 2016. Para el presente ejemplo, es importante tener en cuenta que respecto al salario y las prestaciones sociales causadas durante el 2015, el empleador realizó la liquidación respectiva al 31 de diciembre de dicha anualidad, razón por la cual se encuentra al día por todo concepto hasta esa fecha.
Con base a lo anterior, procederemos a liquidar las prestaciones sociales a las que tiene derecho el señor Perez, como se muestra a continuación:
1. Prima de servicios = ($1.500.000 X 120) / 360 = $600.000(Dado que la prima de servicios se calcula de manera semestral, se tomaran únicamente los días laborados durante el segundo semestre del año, asumiendo que la prima correspondiente al primer semestre fue pagada en el mes de junio de 2016)
2. Vacaciones = ($1.500.000 X 300) / 720 = $625.000
3. Cesantías = ($1.500.000 X 300) / 360 = $1.250.000
4. Intereses sobre cesantías = ($1.250.000 X 300 X 0,12) / 360 = $125.000
Adicional a lo anterior, se deberá sumar el salario adeudado al señor Perez hasta el 31 de octubre de 2016. Así mismo, será responsabilidad del empleador realizar los aportes a seguridad social y parafiscales directamente a las entidades respectivas hasta el momento que finalice la relación laboral.
Esperamos que esta información haya sido de utilidad para saber a qué tienes derecho en caso de que decidas renunciar a tu trabajo y si tienes alguna duda adicional sobre liquidación laboral, deja tus datos en nuestro formulario de contacto y alguno de nuestros abogados especializados en temas laborales se comunicará contigo.